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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 4083, de 23 de agosto de 2019

ORD. N°4083 — ORD. N°4083 Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; El si

Sumario

ORD. N°4083 Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Georemota", presentado por la empresa PSA Soluciones Integrales S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes Nºs. 1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse p

Texto del pronunciamiento

ADO bajo o o ere el Departamento Jurídico y = Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales , K7221 (497) 2019 : ¡ A dy ORDINARIO N: 4083 , UA ad ACTUACIÓN: ( Aplica doctrina. Z MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. : RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “Georemota”, presentado por la empresa PSA ao, Soluciones Integrales S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes N's. 1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta a las observaciones e o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por p parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 12.08.2019 de Jefa Unidad de rut Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Correo electrónico de 09.07.2019 de Sra. Cecilia Ledezma Castillo, en representación de empresa PSA Soluciones Integrales S.p.A: 3) Comparecencia personal de 10.05.2019 de Sr. Alex — Araya Ramos, en representación de empresa PSA Soluciones Integrales S.p.A - 4) Correos electrónicos de 07.05.2019 de Departamento de Tecnologías de la Información. 5) Correo electrónico de 29.04.2019 de Sr. Alex Araya Ramos, en representación de empresa PSA Soluciones Integrales S.p.A. . Za 6) Comparecencia personal de 04.04.2019 de Sra. : Cecilia Ledezma Castillo, en representación de empresa ] PSA Soluciones Integrales S.p.A. 7) Correos electrónicos de 01.04.2019 de Departamento . de Tecnologías de la Información. " 8) Correos electrónicos de 29.03.2019 de Departamento je Jurídico y Fiscalía. 9) Presentación de 04.03.2019 de Sra. Cecilia Ledezma Castillo, en representación de empresa PSA Soluciones Integrales S.p.A.

SANTIAGO, 23]p% lA a] DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : CECILIA LEDEZMA CASTILLO . EMPRESA PSA SOLUCIONES INTEGRALES S.P.A. . SERRANO N*73, OFICINA 1013 SANTIAGO Mediante presentación del antecedente 9), complementada a través de correos electrónicos de antecedente 2) y 5), y comparecencias personales de antecedente 3) y 6), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de a registro y control de asistencia que presenta, denominado “Georemota”, y su respectivo e. proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los dictámenes N%s. 1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017. _ Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Asesorias Computacionales Limitada, Rut N*76.003.0861-9, suscrito por el Sr. Mirko Drpic González. En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen. Dicho trámite fue evacuado mediante correo electrónico de antecedente 7) manifestando, en lo pertinente, que considerando la documentación presentada (informe de arquitectura), el servicio de base de datos sería un punto de falla (por no encontrarse 1% replicado). En tal contexto, cabe indicar que en la documentación acompañada se declara parao que los respaldos "no son transaccionales", es decir, no se hace respaldo semanal a nivel de base de datos, si no que del servidor completo (como plataforma íntegra). Además, no = existiría un mecanismo de replicación de datos (sea esta síncrona o asíncrona), lo que afectaría la disponibilidad en caso de que el servidor principal de base de datos presentara algún tipo de falla (física o lógica). Posteriormente, a través de correos electrónicos de antecedente 2) y 5), la solicitante complementó su presentación subsanando las observaciones señaladas satisfactoriamente, según dio cuenta el Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, mediante correo electrónico de antecedente 4). A continuación, este Departamento procedió a analizar el cumplimiento de las j exigencias contenidas en el N*1.7 del dictamen N*5849/133 de 04.12.2017, relativas a los reportes mínimos que debe emitir el sistema, realizándose observaciones formales a la reportería de la plataforma, las cuales fueron subsanadas mediante correo electrónico del antecedente 2). En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “Georemota”, presentado por la empresa PSA Soluciones Integrales S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por los dictámenes N's, 1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017, por lo que se — 2

autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta a las observaciones o infracciones que pudieren detectarse y sancionarse por parte de esta Dirección a través de fiscalizaciones en terreno. Saluda atentamente a Ud., h PTA SAS BOTA AA (ORÍIOBBÓ BEAS ri NE pr C(JEFEJS GA) “ABOGADO PA o) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCK2> 49) DIRECCIÓN DEL TRABAJO LUDS A 1D ÁñBarce Distribución: - Jurídico; - Partes. 3

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 4083, de 23 de agosto de 2019.

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