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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1868, de 10 de junio de 2020

ORD. N°1868 — ORD. N°1868 Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; No ex

Sumario

ORD. N°1868 Registro especial asistencia y determinación horas de trabajo; No existe inconveniente para que la empresa Consultora Mips Ltda, implemente el dispositivo de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo denominado "Victoria Box". Ello sin perjuicio de las observaciones de este Servicio, en uso de su facultad fiscalizadora, pueda efectuar en lo sucesivo mediante fiscalizaciones en terreno.

Texto del pronunciamiento

a. : Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, . Innovación y Estudios Laborales E 13863 (548) 2020 1ozo ¡1900 CIO ORDINARIO NA Ju QUO ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema Especial de contro! de asistencia y determinación de horas de trabajo. RESUMEN: No existe inconveniente para que la empresa Consultora Mips Ltda, implemente el dispositivo de control de asistencia : Í y determinación de las horas de trabajo denominado “Victoria j Box”. Ello sin perjuicio de las observaciones de este Servicio, / en uso de su facultad fiscalizadora, pueda efectuar en lo NY sucesivo mediante fiscalizaciones en terreno. ANTECEDENTES.: . 1) Instrucciones de 06.05.2020 y 08.04.2020 de Jefa de Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales, 2) Ord. N”416-A de fecha 21.02.2020, de Inspectora Comunal del Trabajo Santiago Oriente 3) Presentación de fecha 18.02.2020, de Zoraida Franco Rojas, en representación de Consultora Mips Ltda. SANTIAGO, 18 JUN 2026 DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S) DIRECCIÓN DEL TRABAJO : A: ZORAIDA FRANCO ROJAS REPRESENTANTE LEGAL CONSULTORA MIPS LIMITADA LA CAPITANÍA N? 80, OF. 108 LAS CONDES Mediante presentación del antecedente 3), se solicita a esta Dirección un pronunciamiento jurídico, en virtud del cual se autorice a la empresa Consultora Mips Limitada la implementación del sistema denominado “Victoria Box”, como mecanismo de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo. indica, que el sistema en examen fue aprobado por este Servicio mediante Ord. N? 1140/027 de 24.02.2016 y N* 5849/133 de 04.12.2017 al estimar que se ajustaría a lo dispuesto en el dictamen N"896/27, de 24.01.1996, que fija requisitos y regula procedimiento para los sistemas de contro! de asistencia y determinación de las horas de trabajo. Sobre el particular, cumplo con informar a Ud., que efectivamente, a través de Ord. N*2510, de 03.06.2010 este Servicio se pronunció acerca del sistema de control de asistencia y OS

, 2 determinación de las horas de trabajo denominado “Victoria Box”, indicando que el mismo se ajustaba a las exigencias establecidas en el Ord. N” 696/27, antes citado, concluyendo que el mismo constituía un sistema susceptible de ser homologado a aquellos dispuestos en el artículo 33 del Código del Trabajo. Lo anterior permite sostener que resultará válida la implementación del mencionado sistema en la medida que ella se efectúe bajo las mismas condiciones presentadas a ante esta Dirección. a De esta forma, considerando lo señalado en la jurisprudencia administrativa invocada y norma legal, es posible concluir que no existe inconveniente para que la empresa Consultora Mips Ltda, implemente el dispositivo de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo denominado “Victoria Box”. Ello sin perjuicio de las observaciones de este Servicio, en uso de su facultad fiscalizadora, pueda efectuar en lo sucesivo mediante fiscalizaciones en terreno. . Saluda atentamente a Ua., po] . ¿ Fa : / j DZ oe SEE Bari We Y AS SONIA MENA SOTO Si EFE 9 2 JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISC E DIRECCIÓN DEL TRABAJO AN AS £ , Ez istribución: - Partes - Jurídico

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1868, de 10 de junio de 2020.

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