Dirección del Trabajo
Ordinario N° 682, de 26 de febrero de 2021
ORD. N°682 — ORD. N°682 Registro especial Asistencia y determinación horas de Trabajo; El sis
Sumario
ORD. N°682 Registro especial Asistencia y determinación horas de Trabajo; El sistema de registro y control de asistencia denominado "SIGASV ASISTENCIA", presentado por la empresa Aliservice S.A., no se ajusta a las exigencias establecidas por los Dictámenes Ord. N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
Texto del pronunciamiento
A o dad estee decile Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales £Q0 E10274 (398) 2020 Vu£ ORDINARION*_____ / ACTUACIÓN: Ju pu 7% Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “SIGASV ASISTENCIA”, presentado por la empresa Aliservice S.A., no se ajusta a las exigencias establecidas por los Dictámenes Ord. N%1140/027 de 24.02.2016 y Ñ N*5849/133 de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su fs utilización en el contexto de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 26.05.2020, 17.02.2021 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales 2) Presentación de 10.02.2020 de Sr. Reinaldo Oliva, en representación de empresa Aliservice S.A. SANTIAGO, 2 6 FEB 2021 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR. REINALDO OLIVA EMPRESA ALISERVICE S.A. PI AVENIDA DEL VALLE SUR N*738, CIUDAD EMPRESARIAL >>. HUECHURABA mariano.sanchezQaliservice.cl Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento 1% de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que EN presenta, denominado “SIGASV ASISTENCIA”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes Ord. N%s.1140/027, de 24.02.2016 y 5849/133, de 04.12.2017. Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Veltec Infrmática y Cía. : Ltda., Rut N*%76.201 -051-8, suscrito por el Sr. Marcial Navarro Salinas. En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada.
Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que se han realizado las siguientes observaciones:
1-. En cuanto a lo dispuesto en el Dictamen Ord. N*5849/133, cabe señalar:
1.1-. Respecto del N*1.7 reportes: Analizada la plataforma, pudo constatarse que carece de
todas las opciones de búsqueda requeridas, por ejemplo, no resulta posible buscar por
grupos de trabajadores. El reporte de modificaciones de turnos obliga a buscar individualmente, lo cual no se ajusta a la norma administrativa en examen y, además, carece : de una columna destinada a señalar quién solicitó la modificación de que se trata.
Asimismo, sólo se revisaron reportes con los rangos de fecha predeterminados (una semana), dado que al modificarlos la generación del reporte tarda excesivamente.
Además, es del caso indicar que se utilizan abreviaturas sin indicar el significado de ' cada una.
Finalmente, se recomienda permitir visualizar los reportes en pantalla sin necesidad de descargarlos, lo cual debiera ser opcional.
1.2-. Respecto del N*3.4, Modificación de marcaciones: No adjunta evidencia. , 1.3-. Respecto del N*4.5, Análisis de Vulnerabilidad: No adjunta el informe solicitado.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Aliservice S.A., denominado “SIGASV ASISTENCIA”, no se ajusta a todas las exigencias establecidas por los Dictámenes Ord. N*s.1140/027, de 24.02.2016 y N*5849/133, de 04.12.2017, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo anterior, no obsta a que,
Una vez subsanadas las observaciones realizadas, la solicitud de autorización pueda ser nuevamente ingresada a este Servicio.
Saluda atentamente a Ua.,
POSEER Dvd OS eN JUAN DIV FERRAZAS PONCES/ am 2 |' ABOGADO AE PO JEFE DEPARTA] ENTO JURÍDICO Y FISBAL «O DIRECCIÓN DEL TRABAJO X2 JURO | A Lsnco Distribución: - Jurídico; - Partes. 2
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 682, de 26 de febrero de 2021.
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