Dirección del Trabajo
Ordinario N° 1784, de 7 de julio de 2021
ORD. N°1784 — ORD. N°1784 Sistema de registro y control de asistencia electrónico; La document
Sumario
ORD. N°1784 Sistema de registro y control de asistencia electrónico; La documentación que respalda la certificación del sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa ControlRoll Ltda., denominado "FaceID", no da cumplimiento a todas las exigencias técnicas vigentes sobre la materia, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
Texto del pronunciamiento
Bo Dirección del yo E Trabajo A ] Gobiamo de Chile Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales nas) E70729 (756) 2021 10 4 ORDINARIO N*: A AI)) ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. RESUMEN: La documentación que respalda la certificación del sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa ControlRoll Ltda., denominado “FacelD”, no da cumplimiento a todas las exigencias técnicas vigentes sobre la materia, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 30.06.2021 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 27.05.2021, de Sr. Luis Humberto Bauerle Soto, en representación de empresa ControlRoll Ltda. SANTIAGO, DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO 07 JUL 2021 A — : SR. LUIS HUMBERTO BAUERLE SOTO EMPRESA CONTROLROLL LTDA. EL DIRECTOR N*6000 LAS CONDES Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia, denominado “FacelD”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.
2
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa Veltec Informática y Cía. Ltda., Rut N*76.201.051-8, firmado por el Sr. Marcial Navarro Salinas.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada.
Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que se han realizado las siguientes observaciones respecto de lo dispuesto en el N*1.7 del Dictamen N*5849/133, sobre los reportes de los sistemas:
1-. Filtros: Si bien la plataforma cuenta con las opciones de búsqueda exigidas, se constata un problema con la opción de selección individual de los dependientes.
En efecto, aunque se intenta reiteradamente parametrizar una búsqueda seleccionando un solo trabajador el sistema, en el siguiente paso, despliega igualmente un listado general de los dependientes. Dado que se ofrece un listado con una gran cantidad de trabajadores esta opción de filtrado pasa a ser inútil.
2-. Reportes:
2.1-. Reporte de domingos o festivos: El informe carece de un totalizador anual de domingos y festivos laborados por trabajador, como línea de cierre del periodo, no como columna.
2.2-. Modificaciones y alteraciones de turnos: Las columnas que exhibe el informe ho se ajustan a lo solicitado, vale decir, a las siguientes:
a) Fecha de solicitud del reporte.
b) Nombre del trabajador.
c) Fecha asignación de turno original.
d) Turno original (indicando fechas y rango horario, por ejemplo, L a V de 08:00 a 18:00).
e) Fecha asignación de turno nuevo.
f) Turno nuevo (indicando fechas y rango horario, por ejemplo, L a V de 15:00 a 23:00).
g) Quien solicitó el cambio (en las líneas se indica solamente “trabajador” o “empleador”.
2.3-. Reporte de jornada: El informe analizado se estructura en dos partes, primero un cuadro resumen con información y, luego, el reporte propiamente tal, el cual se encuentra vacío, lo que impide cotejar los datos del resumen con los antecedentes que se indicarían en el reporte de que se trata. Además, se visualizan columnas relacionadas con el reporte de exceso de jornada.
De este modo, al carecer de información el reporte solicitado, no puede verificarse el cumplimiento de las exigencias vigentes.
3 En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “FacelD”, presentado por la empresa ControlRoll Ltda., no da cumplimiento a todas las exigencias técnicas vigentes sobre la materia, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo señalado, no obsta a que, una vez corregidas las observaciones indicadas en el cuerpo del presente ; informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual autorización. Saluda a Ud., LE AT JUAN DAVÍD AZAS PONCE ¿Fon a JEFE DEPARTA O JURÍDICO Y FISCAL..." 2 pa TRABAJO A fl IRCG A rvusión: - Jurídico - Partes
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1784, de 7 de julio de 2021.
Más sobre Aprobación de Sistemas Electrónicos
-
La norma rechaza la solicitud de Producecheck Group S.p.A. para usar su sistema electrónico de registro y control de asistencia, porque la documentación presentada no cumple los requisitos de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
-
La norma autoriza el uso del sistema electrónico "PuntoSeguro" de Soluciones en Seguridad Ltda. para registrar y controlar la asistencia laboral, al cumplir con las exigencias de la Resolución Exenta Nº38 de 2024.
-
La norma rechaza la autorización del sistema electrónico de asistencia "librodeasistencia" de Faast S.p.A. porque no cumple todos los requisitos de la Resolución Exenta Nº38, impidiendo su uso en relaciones laborales.
Todos los pronunciamientos sobre Aprobación de Sistemas Electrónicos
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Registro y Control de Asistencia, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Registro y Control de Asistencia¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.