Dirección del Trabajo
Ordinario N° 2309, de 1 de octubre de 2021
ORD. N°2309 — ORD. N°2309 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de r
Sumario
ORD. N°2309 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia digital denominado "SICA Puelche Fresh Ltda.", consultado por la empresa del mismo nombre, no cumple los requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su análisis por parte de este Servicio.
Texto del pronunciamiento
O en o aa da < y ' Eraaido cai Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales SECO E121569 (1050) 2021 Lo O ; ORDINARIO N*: / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y contro! de asistencia electrónico. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia digital denominado “SICA Puelche Fresh Ltda.”, consultado por la empresa del mismo nombre, no cumple los : requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su análisis por parte de este Servicio. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 14.09.2021 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 04.08.2021 de Sr. Fernando Wittwer Hoffman, en representación de empresa Puelche Fresh Ltda. SANTIAGO, 01 007 2 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR, FERNANDO WITTWER HOFFMAN PUELCHE FRESH LTDA. AVENIDA LAS INDUSTRIAS N*15800 LOS ÁNGELES ;, k.pobleteOpuelche.cl Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “SICA Puelche Fresh Ltda.”, y su respectivo proceso de verificación, se ajusta a las exigencias vigentes sobre la materia establecidas en los Dictámenes N*1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.
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A fin de validar el cumplimiento de las exigencias técnicas, la recurrente acompaña un informe de certificación suscrito por el Sr. Edgar González Zapata, Rut N*17.846.218-0, el cual habría sido emitido por la empresa “Servicios Informáticos ESN” cuya razón social, de acuerdo con la presentación, sería “Edgar Humberto González Zapata”.
En tal contexto, es del caso señalar que el N%8 del citado Dictamen N*1140/027, establece como condición de admisibilidad que los requisitos establecidos por la jurisprudencia administrativa de este Servicio sean certificados por una persona jurídica independiente del desarrollador o comercializador de las plataformas, debiendo acompañar, en formato electrónico, tanto el referido informe como los demás documentos exigidos.
No obstante, el documento acompañado no permite determinar si el certificador es una persona natural o jurídica, dado que la carta conductora indica que se trataría de la empresa “Servicios Informáticos ESN” la cual, en todo caso, tampoco corresponde a una forma societaria y, por el contrario, el informe de certificación señala que el emisor del documento sería el Sr. Edgar González Zapata, en calidad de persona natural.
Además, la presentación no acompaña documentación esencial para el proceso como el informe de vulnerabilidades o evidencias que acrediten el cumplimiento de las exigencias vigentes. Sobre este punto, es del caso indicar que las escasas evidencias acompañadas son ¡legibles.
Finalmente, cabe indicar que tampoco se acompañan credenciales de acceso para la revisión de la plataforma por parte de este Servicio.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que la documentación técnica que respalda el sistema de registro y control de asistencia, denominado “SICA Puelche Fresh Ltda.”, presentado por la empresa del mismo nombre, no cumple los requisitos mínimos de admisibilidad necesarios para proceder a su análisis por parte de este Servicio, Lo señalado, no obsta a que una vez corregida la omisión señalada sea reingresado para su revisión y eventual autorización.
Saluda a Ud.,
SEO RN JUAN DANÓ TERRAZAS PONCE LE NES: GADO ISÍTEFE va Í JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y Fl AL Le NS DIRECCION DEL TRABAJO TA Nono stribución: - Jurídico - Partes
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2309, de 1 de octubre de 2021.
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