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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 42, de 10 de enero de 2022

ORD. N°42 — ORD. N°42 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de reg

Sumario

ORD. N°42 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa SCM Consultores S.A., denominado "Kronos-SCM-Cloud", presenta serias deficiencias, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

Texto del pronunciamiento

288 Dirección del. : Trabajo: Departamento Jurídico y Fiscalia Unidad de Pronunciamientos, innovación y Estudios Laborales E187003 (1438) 2021 0 ñ a ¡ ORDINARIO Ne: FÉ Ju ou A) ] ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia digital. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa SCM Consultores S.A., denominado “Kronos-SCM-Cloud”, presenta serias deficiencias, por lo que no se autoriza su utilización en - el contexto de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 28.12.2021 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 21.10.2021, de Sr. Roberto Alfaro Allende, en representación de empresa SCM Consultores S.A. él SANTIAGO, — 1 0ENE 202 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL A ¡ SR. ROBERTO ALFARO ALLENDE EMPRESA SCM CONSULTORES S.P.A. AVENIDA APOQUINDO N*6410, OFICINA 1202 LAS CONDES robalfaroMsemconsultores net Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “Kronos-SCM-Cloud” y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes N*1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.

2

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Opensoftware.cl S.A., Rut N*76.095.771-2, suscrito por el Sr, Carlos Moreno Hinojosa.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada.

Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que se han realizado las siguientes observaciones respecto de las exigencias contenidas en el N?*41.7 del Dictamen N*5849/133:

a) La plataforma no presenta los filtros en el formato solicitado, por ejemplo, mezcla la búsqueda por locales o faenas o aquella referida a los tumos de los dependientes.

b) No se explica por qué los formatos de exportación siguen flujos diferentes complejizando el uso del sistema.

c) Si bien el sistema indica que cuenta con los cinco reportes exigidos, luego de reiterados intentos no fue posible obtener ninguno.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa SCM Consultores S.A., denominado “Kronos-SCM-Cloud”, presenta serias deficiencias, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. Lo señalado, no obsta a que, una vez corregidas las observaciones indicadas en el cuerpo del presente informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual autorización.

Saluda a Ud.,

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JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL.35,/

¡ DIRECCION-DÉL TRABAJO ALU (arnes istribución:

- Jurídico - Partes

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 42, de 10 de enero de 2022.

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