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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 154, de 26 de enero de 2022

ORD. N°154 — ORD. N°154 Curso capacitación; Capacitación Online; Sistema de registro y contro

Sumario

ORD. N°154 Curso capacitación; Capacitación Online; Sistema de registro y control de asistencia digital; 1.- Cuando los empleadores utilicen sistemas electrónicos para registrar y controlar la asistencia de los trabajadores a actividades propias de la relación laboral, deben utilizar soluciones que se ajusten a los requisitos que en tal sentido establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021. 2.- Para acreditar otras circunstancias, como la realización y/o contenido de cursos de capacitación efec

Texto del pronunciamiento

E Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E207057 (1542) 2021 . . 154 ORDINARION*:__..___ / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Cursos de capacitación. RESUMEN: 1-. Cuando los empleadores utilicen sistemas electrónicos para registrar y controlar la asistencia de los trabajadores a actividades propias de la relación laboral, deben utilizar soluciones que se ajusten a los requisitos que en tal sentido establece el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021. 2-. Para acreditar otras circunstancias, como la realización y/o contenido de cursos de capacitación efectuados por medios digitales, los empleadores pueden utilizar los antecedentes que obren en su poder, tales como; videos o flujogramas u otros documentos. ANTECEDENTES: 1) instrucciones de 10.01.2022 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 15.11.2021 de Sra. Alejandra Figueroa Aguirre. SANTIAGO, 26 ENE 2022 DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SRA. ALEJANDRA FIGUEROA AGUIRRE afigueroaMestudionavarro.cl Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado a este Servicio que se le indiquen los requisitos que debe cumplir un curso de capacitación online realizado por el empleador para que sea reconocido y acreditado como tal en el contexto de un proceso de fiscalización.

Particularmente, la presentación se refiere a las siguientes consultas: 1-. Forma de acreditar la asistencia de los trabajadores al curso de capacitación: Al respecto, debemos indicar que, no existiendo reglas jurídicas específicas que aborden la materia, cabe aplicar las reglas generales acerca de la comprobación de asistencia cuando se utilicen medios electrónicos. En tal sentido, es dable informar a usted que los requisitos exigidos por este Servicio a los sistemas de registro y control de asistencia electrónicos se encuentran contenidos en el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021. 2-. En cuando al contenido de los cursos, es dable precisar que esta Dirección no extiende certificaciones, por lo que la veracidad de su desarrollo corresponde a una situación fáctica que deberá ser respaldada por los antecedentes que obren en poder del respectivo empleador, tales como, videos o flujogramas u otros documentos. Es todo cuanto puedo informar a usted sobre la materia consultada. Saluda a Ud., DI RECCIÓN DEL TRABAJO a Y) a | PELÉ AD as, I ¡ JUAN D. 0 b | RRAZAS PONCE ¿57 SA OFICINA De proa ABOGADO IS INA DE PARTES JEFE DEPARTA O JURÍDICO Y FISCAL E DIRECCIÓN DEL TRABAJO A == fepnes istribución: da Jurídico; - Partes; 2

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 154, de 26 de enero de 2022.

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