Dirección del Trabajo
Ordinario N° 199, de 1 de febrero de 2022
ORD. N°199 — ORD. N°199 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de re
Sumario
ORD. N°199 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa Builder S.p.A., denominado "Solución de Control de Asistencia Builder", se ajusta a todas las exigencias contempladas en los Dictámenes N°1140/027 de 24.02.2016 y N°5849/133de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
Texto del pronunciamiento
d 28N Dirección del y , Traba Departamento Juridico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E217101 (1591) 2021 129 ORDINARIO N*: A ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia consultado por la empresa Builder S.p.A., denominado “Solución de Control de Asistencia Builder”, se ajusta a todas las exigencias contempladas en los Dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) instrucciones de 19.01.2022 de Jefa de Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 26.11.2021, de Sr. Rolando Cáceres Campos, en representación de empresa Builder S.p.A. QA DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR. ROLANDO CÁCERES CAMPOS EMPRESA BUILDER S.P.A. rolando.caceresObuilder.cl Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establecen los Dictámenes N*1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.
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Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la empresa señalada, acompañó informe de certificación de la empresa Veltec Informática y Cía. Ltda., Rut N*76.201.051-8, firmado por el Sr. Marciál Navarro Salinas.
En tal contexto, los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada, concluyéndose que la plataforma efectivamente se ajusta a las condiciones exigidas por este Servicio para su utilización en el ámbito laboral.
Sin embargo, es posible realizar dos observaciones formales relacionadas con los reportes indicados en el N*1.7 del Dictamen N*5849/133, las cuales, si bien no obstan a la autorización del sistema, deben ser corregidas por la empresa solicitante. Ellas son las siguientes:
a) Reporte de asistencia: Se debe clarificar el significado del término “falla” empleado en la columna de observaciones.
b) Reporte de domingos y/o días festivos: La columna de observaciones dice relación con las causales de las inasistencias, por lo que la información que ahí se disponga debe referirse sólo a ese contexto y ho, por ejemplo, a la existencia de horas extraordinarias.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “Solución de Control de Asistencia Builder”, presentado por la empresa Builder S.p.A., se ajusta a todas las exigencias contempladas en los Dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.
Saluda a Ud.,
E | DIRECCIÓN DEL TRABAJO | CONDES, ¡ E, | | A ¡| 01FEB 2022 |] A a | OFIC “iio. JUAN DAVÍDATERRAZAS PONCE ' DE PARTES | IEA // ABOGADO JEFE DEPARTÁME ¡JURÍDICO Y FISCAL DIRECCION-BÉL TRABAJO istribución: - Jurídico - Partes
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 199, de 1 de febrero de 2022.
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