Dirección del Trabajo
Ordinario N° 730, de 11 de mayo de 2022
ORD. N°730 — ORD. N°730 Sistema de registro y control de asistencia digital; Se rechaza la so
Sumario
ORD. N°730 Sistema de registro y control de asistencia digital; Se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de registro y control de asistencia digital denominado "PeopleWork", por no ajustarse a las exigencias técnicas indicadas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.
Texto del pronunciamiento
28N Dirección del. , bajo Gablenó de Clio Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales p E67311 (454) 2022 7 3 U ORDINARIO N: / VA ACTUACIÓN: Qu 0) Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia digital. RESUMEN: Se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de registro y control de asistencia digital denominado “PeopleWork”, por no ajustarse a las exigencias técnicas indicadas en el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 25.04.2022 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 01.04.2022 de Sr. Francisco Alvarado Holley, en representación de empresa DocuStore S.p.A. _——_ SANTIAGO, 11 MAY202 DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR. FRANCISCO ALVARADO HOLLEY DOCUSTORE S.P.A. PRODUCTORES N*4436 HUECHURABA cmoreno(Mopensoftware.cl Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento a fin de terminar si el sistema de registro y control de asistencia digital que presenta, denominado “PeopleWork”, se ajusta a las exigencias técnicas que sobre la materia establecen los Dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.
. : 2
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Opensoftware.cl S.A., Rut N*76.095.771-2, suscrito por el Sr. Carlos Moreno Hinojosa.
Aclarado lo anterior, es del caso hacer presente que, con fecha 28.12.2021, esta Dirección emitió el Dictamen N*2927/58, el cual en su N'6 expresamente señala:
“6-. Vigencia:
La normativa contenida en el presente Dictamen regirá desde la fecha de su publicación y reemplazará, para los sistemas que requieran autorización en lo sucesivo, a las exigencias contenidas en los Dictámenes N*%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.”
Como es dable apreciar del texto transcrito, a partir del 28.12.2021 todos los sistemas de registro y contro! de asistencia digitales que ingresen a revisión de esta Dirección deben ajustarse a las nuevas condiciones impuestas por el citado pronunciamiento.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, atendido el cambio normativo señalado en el cuerpo del presente informe, se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de registro y control de asistencia digital denominado "PeopleWork”, por no ajustarse a las exigencias técnicas indicadas en el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021. Lo cual no obsta a que, una vez realizadas las adecuaciones pertinentes, la solicitud sea reingresada a este Servicio.
Saluda a Ud.,
de ad AS NATALIA-POZO SAÑHUEZA [$7 / ABOGRÓA S(rerElsl JEFA (S)DEPARTAMENTO JURÍDICO YAAISCAL Lo, DIRECCION DEL. TRABAJO IO istribución: - Jurídico - Partes
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 730, de 11 de mayo de 2022.
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