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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1163, de 7 de julio de 2022

ORD. N°1163 — ORD. N°1163 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión

Sumario

ORD. N°1163 Documentación laboral electrónica; El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado "Portal Personas" y presentado por las empresas; i) Car S.A.; ii) Sociedad de Cobranzas Payback Limitada; y iii) Corredora de Seguros Ripley S.A., se ajusta a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por esta Dirección, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

Texto del pronunciamiento

timos y) Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales S/N 676 ¡Ao 1163 ORDINARIO NC: / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Documentación Laboral electrónica. 7 RESUMEN: El sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado “Portal Personas” y presentado por las empresas: i) : Car.S.A; ii) Sociedad de Cobranzas Payback Limitada ; y ¡i) Corredora de Seguros Ripley S.A, se ajusta a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por esta Dirección, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 06.06.2022 y 01.07.2022 de Jefa de Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Presentación de 25.05.2022 de SANTIAGO, 07 JUL 202 DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S) DIRECCIÓN DEL TRABAJO A: . CARIOLA DIEZ PÉREZ COTAPOS SPA. Deariola.c! SANTIAGO

Mediante presentación del Ant.2) se ha solicitado a este Dirección un pronunciamiento, en orden a corregir el Ord. N*786 de 16.05.2022 que concluye que “El sistema de generación, gestión y finma presentado por el Banco Ripley S.A, denominado “Portal Personas”, se ajusta a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por esta Dirección, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales”, incluyendo por separado, a las empresas Car.S.A; Sociedad de Cobranzas Payback Ltda,; y Corredora de Seguros Ripley Ltda. .

Para estos efectos y constatándose que el sistema denominado “Portal Personas”, destinado a la generación, firma y gestión de la documentación derivada de las relaciones laborales a través de medios electrónicos, se ajusta a la normativa vigente sobre la materia, es que se procede a corregir el Ord. N*786 de 16.05.2022 en su conclusión, señalándose en su reemplazo que el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado “Portal Personas” y presentado por las empresas: i) Car.S.A; ii) Sociedad de Cobranzas Payback Limitada ; y iii) Corredora de Seguros Ripley S.A, se ajusta a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por esta Dirección, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales”.

En consecuencia, sobre la base de las disposiciones legales citadas y consideraciones expuestas, cumplo con informar a Ud. que, se rectifica Ord.N*786 de 16.05.2022, y, en consecuencia, se establece que el sistema de generación, gestión y firma de documentación laboral electrónica denominado “Portal Personas” y presentado por las empresas: i) Car.S.A; ii) Sociedad de Cobranzas Payback Limitada ; y iii) Corredora de Seguros Ripley S.A, se ajusta a las condiciones mínimas de funcionamiento exigidas por esta Dirección, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales”. Lo señalado no obsta a las observaciones que pudieren efectuarse en virtud de la facultad fiscalizadora de esta Dirección.

Saluda atentamente a Ud/, EN ARDE | 070 0MÍNIS TER ENE NATALIA POZO SANHUEZA IS .] ABOGADA, ES JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S) ECCIÓN DEL TRABAJO

| DIRECCIÓN DEL TRABAJO ]

ÉBPIEZD | ] |

ción: ; 87 JUL 2022

- Jurídico Í OEICINA De onaare |

- Partes 1 QUEINa De PARTES |

2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1163, de 7 de julio de 2022.

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