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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 1665, de 26 de septiembre de 2022

ORD. N°1665 — ORD. N°1665 Sistema de registro y control de asistencia digital; En virtud de lo

Sumario

ORD. N°1665 Sistema de registro y control de asistencia digital; En virtud de lo dispuesto en el N°6 del Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, todas las presentaciones relacionadas con la revisión y/o autorización de sistemas de registro y control de asistencia electrónicos ingresadas a partir de dicha data, deben ajustarse a las condiciones técnicas y jurídicas indicadas en el referido pronunciamiento, por lo que se rechaza su solicitud.

Texto del pronunciamiento

| 28% Direccion dal er. Tabalo Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales E160813 (1068) 2022 > 065 ORDINARIO NO: / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia digital. RESUMEN: En virtud de lo dispuesto en el N*6 del Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021, todas las presentaciones relacionadas con la revisión y/o autorización de sistemas de registro y control de asistencia electrónicos ingresadas a partir de dicha data, deben ajustarse a las condiciones técnicas y jurídicas indicadas en el referido pronunciamiento, por lo que se rechaza su solicitud. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 05.09.2022 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales. 2) Ord. N*”1076 de 28.07.2022 de Inspectora Comunal del Trabajo Santiago Oriente. 3) Presentación de 26.07.2022 de Sr. Alejandro Méndez Rozas, en representación de empresa EMIN Sistemas Geotécnicos S.A. SANTIAGO, 26 SEP 2082 DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SR. ALEJANDRO MÉNDEZ ROZAS EMIN SISTEMAS GEOTÉCNICOS S.A. amendez(GQeminsg.cl

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Mediante presentación del antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “JOTFORW”, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N*1140/027 de 24.02.2016.

Precisado lo anterior, resulta necesario indicar que, con fecha 28.12.2021, este Servicio actualizó la normativa que regula los sistemas de registro y control de asistencia electrónicos con la emisión del Dictamen N*2927/58, el cual establece las condiciones técnicas y jurídicas de utilización de tales mecanismos.

En efecto, de acuerdo con el N*6 del citado informe, el cual aborda su vigencia, indica que la normativa contenida en el Dictamen N*2927/58 regirá desde la fecha de su publicación, vale decir, el 28.12.2021, y reemplazará, para los sistemas que requieran autorización en lo sucesivo, a las exigencias contenidas en los Dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y N"5849/133 de 04.12.2017.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, en virtud de lo dispuesto en el N“6 del Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021, todas las presentaciones relacionadas con la revisión y/o autorización de sistemas de registro y control de asistencia electrónicos ingresadas a partir de dicha data, deben ajustarse a las condiciones técnicas y jurídicas indicadas en el referido pronunciamiento, por lo que se rechaza su solicitud. Lo cual no obsta a que una vez realizados los ajustes pertinentes el requerimiento sea reingresado para su revisión y eventual autorización.

Saluda a Ua.,

Ñ En ARA ATALIA: POZO SANMUEZ Qberaao 0 / ABOGAD, Na O JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FIS Ab DIRECCION DEL TRABAJO a DiREr == j ECCIÓN DEL ma po] sn TRABA j Lego lo l2s o 0 | istribución: / SEP 2022 | | - Jurídico [_ OF, - Partes NN Cil, De PAR j AT ES J

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1665, de 26 de septiembre de 2022.

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