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Ordinario N° 2142, de 14 de diciembre de 2022

ORD. N°2142 — ORD. N°2142 Sistema de registro y control de asistencia digital; Se rechaza la s

Sumario

ORD. N°2142 Sistema de registro y control de asistencia digital; Se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de registro y control de asistencia denominado "JOTFORM", presentado por la empresa EMIN Sistemas Geotécnicos S.A., por no cumplir con los requisitos mínimos de admisibilidad.

Texto del pronunciamiento

Ea pirercióndel. $ , Maa os A eaten decai A Departamento Jurídico y Fiscalía Unidad de Pronunciamientos, innovación y Estudios Laborales E221340 (1386) 2022 E232540 (1471) 2022 E234366 (1498) 2022 : ) .a 2 4, / Jo ORDINARIO N'; / pu ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia digital. RESUMEN: Se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de registro y control de asistencia denominado “JOTFORN”, presentado por la empresa EMIN Sistemas Geotécnicos S.A., por no cumplir con los requisitos mínimos de admisibilidad. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 25.11.2022 de Jefa Unidad de Pronunciamientos, innovación y Estudios Laborales. 2) Presentaciones de 06.10.2022, 20.10.2022 y 21.10.2022 de empresa EMIN Sistemas Geotécnicos S.A. (€ O SANTIAGO, 14 DIC 2027 , DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL DIRECCIÓN DEL TRABAJO A : SRES. EMIN SISTEMAS GEOTÉCNICOS S.A. ¡ PASAJE LOS CRISTIANOS N*2947 MAIPÚ mavicic(O) hotmail.com Mediante las presentaciones de antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “JOTFORM”, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021.

2

Precisado lo anterior, resulta necesario indicar que el N*4 del citado pronunciamiento señala, básicamente, que para obtener la autorización de implementación del sistema este debe ser primeramente sometido al proceso de certificación latamente abordado en el mismo Dictamen N*2927/58.

A su vez, el N*5 del mismo informe detalla los requisitos de presentación de las solicitudes, así como la documentación que se debe acompañar al respectivo informe de certificación.

Ahora bien, analizadas las presentaciones de que se trata se ha constatado que ellas no cumplen con los requisitos mínimos de admisibilidad de acuerdo con lo indicado en el Dictamen N*2927/58.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, en virtud de lo dispuesto en el Dictamen N*2927/58 de

28.12.2021, particularmente sus N*s4 y 5, se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de registro y control de asistencia denominado “JOTFORW”, presentado por la empresa EMIN Sistemas Geotécnicos S.A., por no cumplir con los requisitos mínimos de admisibilidad.

Saluda a Ud.,

Ds 8 DN ES | /' ] Ys LAA == parar POZO SAÑHUEZA ¿9 BS i ABOGADA j ET ve JEFA (5) DEPARTAMENTO JURÍDICO YiEIsC AE E Js DIRECCION DEL TRABAJO Ag Te DAS e istribución: - Jurídico - Partes

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 2142, de 14 de diciembre de 2022.

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