Dirección del Trabajo
Ordinario N° 128, de 9 de enero de 2013
ORD. N°128 — ORD. N°128 Empaquetadores de supermercados; Trabajadores menores; Relación labor
Sumario
ORD. N°128 Empaquetadores de supermercados; Trabajadores menores; Relación laboral; Sin contrato de Trabajo; Informa sobre Empaquetadores de Supermercados.
Texto del pronunciamiento
EE + 0 e5 Neg E OE A X DEPARTAMENO JURIDICO CIsO7O (2615) 2012 Y 0 1 2 8 o ORD.: Z guia y MAT.: Atiende presentación que indica
ANT.: 1) Pase N* 2294, de 21.12.2012, de Jefe de
Gabinete Sra. Directora del Trabajo. 2) Memorándum INPR2012-115254, de 20.12.2012, de la Dirección de Gestión Ciudadana de la Presidencia de la República. 3) E-mail de don David Mario Moreno Zanni. SANTIAGO, 9 ENE 2013 DE : DIRECTORA DEL TRABAJO A : DAVID MARIO MORENO ZANNI ,
CLAUDIO ARRAU N* 704, POBLACIÓN CONDORES DE CHILE, EL
BOSQUE.
Mediante memorándum del antecedente 2), se remitió a esta Dirección la presentación del antecedente 3), en virtud de la cual, Ud. hace presente sus inquietudes respecto de las malas condiciones en que prestan servicios los empaquetadores de supermercados, refiiéndose en especifico a la situación que ocurre en el supermercado TOTTUS del paradero 31 de Gran Avenida, comuna de El Bosque, Santiago.
Sobre el particular, cúmpleme informar a Ud. lo siguiente:
El Supremo Gobierno y esta Dirección a través de su Departamento de Inspección, preocupados permanentemente y de forma prioritaria de la situación laboral que aqueja a los empaquetadores de supermercados de nuestro país y de las malas condiciones de trabajo a que Ud. hace referencia, efectuó un levantamiento con el propósito de conocer la situación laboral del personal antes aludido que se desempeña en diversas cadenas de supermercados, ordenando al efecto fiscalizaciones, entre ellos, a Supermercados TOTTUS, constatándose, que tas condiciones de los empaquetadores son prácticamente las mismas en todos estos establecimientos.
La doctrina de esta Dirección, contendida entre otros, en dictamen N* 5845/365, de 30.11.1999, se pronunció respecto a la naturaleza jurídica del vínculo que se configura entre quienes se desempeñan como empaquetadores y los supermercados que utilizan sus servicios, concluyendo que:
2
“Si se comprueba el hecho relativo a que un supermercado está recibiendo los beneficios de le prestación de servicios de un menor de edad que empaca los productos que vende el primero y a su vez se comprueba que, además, el supermercado acepta dicha prestación ejerciendo potestad de mando respecto del menor, no cabe sino concluir presuntivamente que, en dichos casos, mediaría una relación jurídico laboral entre los menores empaquetadores y los supermercados que así operan”.
No obstante lo anterior, a la luz de los hechos constatados en las fiscalizaciones, es posible afirmar Que, por lo general, quienes ejecutan la labor de que se trata lo hacen sin suscribir contrato de ningún tipo y sin que se les reconozca una relación de índole laboral.
Asimismo, cabe señalar que en la mayoría de los casos, los supermercados y empresas gestoras y administradoras firman un Mandato de Gestión y Administración, en cuya virtud, aquellos como mandantes encargan a esta última, como mandataria, que en su nombre y representación organice y gestione el sistema de empaque del supermercado.
Por su parte, la empresa gestora y los empaquetadores, suscriben, por lo general, un contrato de arrendamiento por medio del cual aquélla arrienda a éstos, el espacio de empaque en el sector de cajas del supermercado de propiedad de éste.
Ahora bien, por medio de un supervisor y, a través de los encargados de cada turno, la empresa gestora controla y supervisa, en forma directa e inmediata, la labor de cada empaquetador, debiendo éste sujetarse a las diversas y estrictas normas de conducta que se contienen en el respectivo manual de trabajo, al cual quedan sujetos los empaquetadores.
Hago presente a Ud. que toda la información recopilada a través de las exhaustivas fiscalizaciones efectuadas por esta Dirección, relativas a las condiciones de trabajo en que prestan servicios los empaquetadores de supermercados, fue remitida al Honorable Senado de la República a fin de ser consideradas en los actuales proyectos de ley que existen al efecto.
Al respecto, preciso es señalar, que actualmente existen cinco proyectos de ley en tramitación:
1.- Proyecto de ley que regula la situación laboral de los empaquetadores de supermercados, fecha de ingreso Senado 20.04.2011.
2.- Proyecto que modifica Código del Trabajo, estableciendo el contrato especial para trabajadores del comercio, que se desempeñan como empaquetadores, fecha de ingreso Camara de Diputados 13.04.2011.
3.- Proyecto de ley sobre derechos de empaquetadores de supermercados u otros establecimientos comerciales, fecha de ingreso Senado 13.04.2011.
4.- Proyecto que establece contrato laboral de empaquetadores de supermercado y comercio, fecha ingreso Camara de Diputados 16.03.2011
3 5.- Proyecto de ley que establece régimen para empaquetadores de supermercado, fecha ingreso Camara de Diputados 29.07.2008. Finalmente, cúmpleme informar a Ud. que de los cinco proyectos de ley antes mencionados, tres de ellos se encuentran actualmente en el primer trámite constitucional de la Camara de Diputados, en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y dos de ellos en el primer trámite constitucional en el Senado, en la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Saluda a Ud., DEL > y A ES? (DIRECTORA? : 4 y A JNE SCIMART A SECILIMASÁNCHEZ TORO ABOGADA DIRECTORA DEL TRABAJO nt , M cr Distribución: Jete Gabinéte Sra. Directora, - Jurídico. - Partes. - Control.
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 128, de 9 de enero de 2013.
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