Dirección del Trabajo
Ordinario N° 734, de 18 de mayo de 2023
ORD. N°734 — ORD. N°734 Sistema de registro y control de asistencia digital; A partir del 25.
Sumario
ORD. N°734 Sistema de registro y control de asistencia digital; A partir del 25.12.2021, todos los sistemas de registro y control de asistencia digitales que ingresen a revisión de la Dirección del Trabajo deben ajustarse a las exigencias técnicas contempladas en el Dictamen N°2928/58.
Texto del pronunciamiento
28 Dirección del. í . bajo e Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e ace da ases a ORDINARIO N; 434) ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia digital. RESUMEN: A partir del 25.12.2021, todos los sistemas de registro y control de asistencia digitales que ingresen a revisión de la Dirección del Trabajo deben ajustarse a las exigencias técnicas contempladas en el Dictamen N*2927/58. . . ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 15.05.2023 de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Pase N*"51 de 27.02.2023 de Jefe (S) Departamento de Inspección. 3) Presentación de 23.08.2022 de Sr. Alberto Schwartzmann Salas, en representación de Compañía de Ingeniería Nexsis Limitada. SANTIAGO, DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO 18 MAY 2023 A : SR. ALBERTO SCHWARTZMANN SALAS COMPAÑÍA DE INGENIERÍA NEXSIS LIMITADA aschwartzmannOhnexsis.cl Mediante presentación del antecedente 3), usted ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento a fin de terminar si el sistema de registro y control de asistencia digital que presenta, denominado “Scanex”, se ajusta a las exigencias técnicas que sobre la materia establecen los Dictámenes N%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.
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Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias usted acompañó un informe de certificación emanado de la empresa Pro Retail S.A., no indica su Rut, firmado por el Sr. Luis Jofré Vallejos.
Aclarado lo anterior, es del caso hacer presente que, con fecha 28.12.2021, esta Dirección emitió el Dictamen N*2927/58, el cual en su N'6 expresamente señala:
“6-. Vigencia:
La normativa contenida en el presente Dictamen regirá desde la fecha de su publicación y reemplazará, para los sistemas que requieran autorización en lo sucesivo, a las exigencias contenidas en los Dictámenes N*%1140/027 de 24.02.2016 y N*5849/133 de 04.12.2017.”
Como es dable apreciar del texto transcrito, a partir del 28.12.2021 todos los sistemas de registro y control de asistencia digitales que ingresen a revisión de esta Dirección deben ajustarse a las nuevas condiciones impuestas por el citado pronunciamiento.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que, atendido el cambio normativo señalado en el cuerpo del presente informe, se rechaza la solicitud de autorización de uso del sistema de registro y contro! de asistencia digital denominado “Scanex”, por no ajustarse a las exigencias técnicas indicadas en el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021. Lo cual no obsta a que, una vez realizadas las adecuaciones pertinentes, la solicitud sea reingresada a este Servicio.
| DIRECCIÓN DEL TRABAJO | Saluda a Ud., 0 18 may om || i AT ES De ' Pm cre, é / 2/7. JP) OFICINA DE PARTES | / / / 0 Z Y | IT . . / eo 7 00 a DAS Ñ a ES, A NATALIA'POZO SANHUEZ/A Jerg E Po A GADI e a JEFA (5) DEPARTAMENTO JURÍBICO_ ES DIRECCION DELÍTRABAJO 2242 gs istribución: - Jurídico - Partes - Control
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 734, de 18 de mayo de 2023.
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