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Ordinario N° 1481, de 5 de diciembre de 2023

ORD. N°1481 — ORD. N°1481 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de

Sumario

ORD. N°1481 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado “CAS”, presentado por la empresa Sogitech S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

Texto del pronunciamiento

Ms a A e, Departamento Jurídico E A Afores en Derecho - 1487 E219156 (2171) 2023 i ORDINARION“* +... pla O ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia electrónico. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “CAS”, presentado por la empresa Sogitech S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 24.11.2023, de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho, 2) Presentación de 30.08.2023 de Sr. Cristián García Correa, en representación de empresa Sogitech S.p.A. SANTIAGO, 25 DIC 2023 DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A 1 SR. CRISTIÁN GARCÍA CORREA EMPRESA SOGITECH S.P.A. AVENIDA DEL VALLE SUR N*577, OFICINA 504 HUECHURABA jaromerofsogitech.cl Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia, denominado “CAS”, perteneciente a la empresa Sogitech S.p.A., y su respectivo proceso de verificación, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establecen el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, precisado lo anterior, es del caso indicar que, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa CiberLega! S.p.A., Rut, N*77.180.832-8, suscrito por el Sr. Juan Pablo López Maluenda.

En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, se ha concluido que la plataforma consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en la jurisprudencia administrativa vigente,

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted, que el sistema de registro y control de asistencia denominado “CAS”, presentado por la empresa Sogitech S.p.A., se ajusta a todas las exigencias establecidas por en el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021 , Por lo que se autoriza su utilización en el contexto de la relación laboral.

Saluda atentamente a Ud., !

(| ñ i ¡ Len E a A DE ARA AS NATALIA POZO SANHUEZ, re (3 EFE 2 ABOGADA VES JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍNE 9 eo, DIRECCIÓN DEL TRABAJO UE A WN Distribución: - Jurídico; - Partes; - Control; 2

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Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 1481, de 5 de diciembre de 2023.

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