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Ordinario N° 120, de 16 de febrero de 2024

ORD. N°120 — ORD. N°120 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema dig

Sumario

ORD. N°120 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema digital de registro y control de asistencia, denominado "GREX", presentado por la empresa Servicios Grex S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

Texto del pronunciamiento

LN Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes e Informes en a E301083 (2571 120 Ira ORDINARIO N% 1 l ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: . Sistema de registro y control de asistencia digital, RESUMEN: El sistema digital de registro y contro! de asistencia, denominado “GREX”, presentado por la empresa Servicios Grex S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 06.02.2024 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Presentación de 28.11.2023 de a sra, en representación de empresa Servicios Grex S.p.A. SANTIAGO, 1 6 FEB 202% DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO 2: o EMPRESA SERVICIOS GREX S.P.A, ALCAZAR N*358 OFICINA 603 RANCAGUA Mediante su presentación de antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar sí el sistema digital de registro y control de asistencia que presenta, denominado “GREX”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021.

Aclarado lo anterior, y a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa TUV Rheinland Chile S.A., RUT N*96.684,630-5, suscrito por el Sr. Rodrigo Cacciuttolo Gatica.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada debiéndose señalar, en primer término, que la recurrente ha acompañado 2 informes técnicos iguales, uno para el reloj control y otro para el aplicativo web.

Lo señalado sugiere que se confunden los métodos de identificación o marcaje con el soporte del software (Web o móvil), por lo que deben consolidarse los antecedentes en un solo informe,

Ahora bien, precisado lo anterior, resulta necesario indicar que el citado Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021, exige a los sistemas garantizar el acceso a toda la documentación de la plataforma de manera automática y sin más restricciones que el reconocimiento de las direcciones |P que el mismo pronunciamiento expone.

No obstante, el uso de la plataforma consultada requiere el conocimiento de los rut de los empleadores usuarios de ella, exigencia que no se ajusta a la normativa vigente.

En consecuencia, sobre la base de la Jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia, denominado "GREX”, presentado por la empresa Servicios Grex S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo señalado, no obsta a que,

Una vez corregidas las observaciones indicadas en el cuerpo del presente informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual autorización. Saluda a Ud., | ) DIBECO VISAS Y fe po O SO UA elena an NATA LIÁ POZO SENO y (3 ¿ ABOGADA) JEFA((S) DEPARTAMENTO URÍDICO DIRECCIÓN DEL TRABAJO AS - Control; 2

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 120, de 16 de febrero de 2024.

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