Dirección del Trabajo
Ordinario N° 4082, de 18 de octubre de 2013
ORD. N°4082 — ORD. N°4082 Marítimo Portuario; Marina Mercante; Contrato por obra o faena; Atie
Sumario
ORD. N°4082 Marítimo Portuario; Marina Mercante; Contrato por obra o faena; Atiende presentación que indica.
Texto del pronunciamiento
DEPARTAMENTO JURIDICO K7911(1400) 2012 X 4082 O MAT.: Atiende presentación que indica. J Q0ULO ANT.: 1)Instrucciones de 7.10.2013, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2)Correos electrónicos de 24.09.2013 y 02.08.2013. 3)Ord. N* 2889 de 24.07.2013, de Sra. Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 4) Instrucciones de 18.07.2013, de Sra. Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 5) Reasignado 04.01.2013. 6) Ord. N* 3351 de 27.07.2012, de Sra. Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 7) Presentación de 10.07.2012, del Sindicato Interempresa de Oficiales Motoristas de la Marina Mercante Nacional. SANTIAGO, 18 0CT 208 DE : JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO A: SR. ARTURO BRAVO FERNÁNDEZ SINDICATO INTEREMPRESA DE OFICIALES MOTORISTAS DE LA MARINA MERCANTE MANUEL RODRÍGUEZ N* 191 TALCAHUANO
Mediante la presentación del antecedente 7), ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento jurídico tendiente a determinar si la cláusula 22, sobre duración, inserta en los contratos de trabajo que suscriben la empresa Orizon S.A. y los trabajadores que prestan servicios para ella, según la cual los mismos revestirían el carácter de contratos por obra o faena, se encuentra ajustada a derecho.
Hace presente que en los referidos contratos se establece que se entiende por tal, “la captura de la cuota de pesca de la especie Jurel asignada por Decreto Exento N? 1252 de la Subsecretaría de Pesca de acuerdo con el régimen de administración de límites máximos de captura por armador, captura que necesariamente debe efectuarse dentro del primer período establecido en el decreto, entendiéndose en consecuencia que la faena termina con la captura de la cuota, O bien o con el término del período en el evento que la cuota no se capture en su integridad en el tiempo indicado. Para estos efectos se entenderá por el primer período, establecido en el decreto exento indicado, los meses de enero a septiembre de 201 2”
Cabe hacer presente que con la finalidad de resolver su solicitud, mediante documento de antecedente 6) se solicitó una fiscalización a la Inspección Comunal del Trabajo de Coronel y la emisión de un informe tundado sobre la materia.
De acuerdo a lo manifestado por dicha Oficina, gran parte de los trabajadores a quienes se refiere su presentación, no mantienen actualmente relación laboral vigente con la empresa señalada, y otros no obstante ser trabajadores de dicha empresa, están contratados, bajo nuevas condiciones de trabajo en que no tiene incidencia la pesca del producto “Jurel”, toda vez que éste se encuentra en veda desde fines del año 2012 aproximadamente, desconociéndose a la fecha, una posible reanudación de su extracción en el corto plazo, por lo que no resulta factible efectuar la fiscalización pertinente.
Conforme a lo expuesto, y teniendo presente que dicho trámite resulta indispensable para dar una respuesta fundada a su solicitud, no resulta posible emitir el pronunciamiento requerido en los términos solicitados.
Con todo, me permito manifestar a Ud. que en el caso de estimar necesario fiscalizar las actuales condiciones de contratación de los trabajadores de que se trata, dicho trámite debe ser solicitado directamente a la Inspección del Trabajo respectiva, quien deberá adoptar las medidas que resulten procedentes y en caso de duda, remitir a este Departamento los antecedentes correspondientes a fin de resolver, en forma fundada, sobre el particular.
Saluda a Ud.
e DIRE, SS O) El pe NE ( la . e e O ua - OMA BNEHLICA OYARZÓN MAUREIRA 52._056” ABOGADA JEFA DEPARTAMENT JURÍDICO 2 Amo» Distribución: «Jurídico - Partes - Control - 1,C.T. Coronel
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 4082, de 18 de octubre de 2013.
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