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Dirección del Trabajo

Ordinario N° 535, de 7 de agosto de 2024

ORD. N°535 — ORD. N°535 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de re

Sumario

ORD. N°535 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Everscrisp Snack Productos de Chile S.A., desarrollado por la compañía Consultoría en Sistema de Clase Mundial S.A., denominado "UKG Workforce Kronos + MyPaltime", se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen Nº2927/58, de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

Texto del pronunciamiento

Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho E84322 (793) 2024 peo pa 535 ( al 0) ORDINARIO N%: _- / LAMA : ACTUACIÓN: A Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia digital. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Everscrisp Snack Productos de Chile S.A., desarrollado por la compañía Consultoría en Sistema de Clase Mundial S.A., denominado “UKG Workforce Kronos + MyPaltime”, se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N%2927/58, de 28.12.2021, por lo que se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 24.07.2024 de Jete (S) Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Presentación de 01.04.2024, de Sra. Verónica Riquelme Delgado en representación de empresa Everscrisp Snack Productos de Chile S.A. q ____ 07 AñO 2 SANTIAGO, DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A o: SRA. VERÓNICA RIQUELME DELGADO EVERSCRISP SNACK PRODUCTOS DE CHILE S.A. AVENIDA LOS CERRILLOS N*999 CERRILLOS veronica.riquelmeOpepsico.com

: 2

Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema electrónico de registro y control de asistencia que presenta y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Neosoltec S.p.A., Rut N*76,131.504-8, suscrito por el Sr. Mirko Drpic González.

En tal contexto, es del caso señalar que, revisados los antecedentes acompañados con el objeto de determinar el cumplimiento de los requisitos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, se ha concluido que la plataforma consultada se ajusta a los aspectos técnicos contenidos en la jurisprudencia administrativa vigente.

Ahora bien, y sin perjuicio de lo señalado en el párrafo que antecede, es necesario tener en consideración que el resuelvo 5? de la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024 de esta Dirección, que entró en vigencia con fecha 09.05.2024, prescribe que:

Las solicitudes de autorización presentadas en forma previa a la vigencia de

esta resolución exenta seguirán el curso de su tramitación hasta su término conforme a la regulación existente al momento del inicio de su expediente, no obstante, en caso de aprobación, su vigencia será hasta el 26 de abril de 2025.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia presentado por la empresa Everscrisp Snack Productos de Chile S.A., desarrollado por la compañía Consultoría en Sistema de Clase Mundial S.A., denominado “UKG Workforce Kronos + MyPaltime”, se ajusta a la normativa establecida en el Dictamen N*2927/58 de 28.12.2021 por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral hasta el 26.04,2025.

Saluda a Va.,

ol) y SAO » ly Ez NATALIA POZO SANHUEZA > | ABOGADA S JEFE 5 ( JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍBICO EFE JS IN DIRECCION DEL TRÁBAJO 9% A 2 AS GM5/RC 2 JURO Distribución: - Juridico; Partes; Control;

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Dirección del Trabajo, Ordinario N° 535, de 7 de agosto de 2024.

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