Dirección del Trabajo
Ordinario N° 562, de 25 de agosto de 2025
ORD.N°562 — ORD.N°562 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El si
Sumario
ORD.N°562 Sistema electrónico de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "ChecklO", consultado por la empresa Servicios Tecnológicos de Asistencia S.p.A., RUT N°77.257.542-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Texto del pronunciamiento
234 Dirección del Trabajo Gobiélno de Chile . Departamento Jurídico Unidad de Dictámenes € Informes en Derecho E58169 (341) 2025 ORDINARIO N*: 5 6 2 / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “CheckIO”, consultado por la empresa Servicios Tecnológicos de Asistencia S.p.A., RUT N*77.257,542-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 12.08.2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Presentación de 03.03.2025 de empresa Servicios Tecnológicos de Asistencia S.p.A. SANTIAGO, Ñ 25 A60 202% DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO A : SRES. SERVICIOS TECNOLÓGICOS DE ASISTENCIA S.P.A. PAPA DO IO Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024,
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al proceso de revisión señalado en el artículo 68? de la Resolución Exenta N*38, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Durante esta etapa se analizará el cumplimiento de las exigencias formales de presentación de los antecedentes, así como la omisión de información general, las credenciales o accesos al módulo de fiscalización y la falta de documentos. De constatarse alguna de las circunstancias anteriores, la solicitud será rechazada de plano.
Observación: El portal no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos, por lo que no es posible solicitar credenciales de acceso lo cual, evidentemente, impide determinar el cumplimiento posterior de todas las exigencias asociadas a la fiscalización de la plataforma.
b) Análisis de los aspectos informáticos: Atendido que el sistema consultado no
aprobó el examen de admisibilidad no procede realizar el análisis de las
características informáticas.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “ChecklO”, consultado por la empresa Servicios Tecnológicos de Asistencia S.p.A., RUT N*77.257.542-4, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
al AGDEL pa , Hp Ó ! NW Le NATALIA POZQ SANHUEZA/S ES ABOGADA PA Lo l AD JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDÍ > O orpecón DEL TR (e) : DRECE lr Tas , > PRO 25 A60 2025 OFICIN, AD, Na E PART, IGE/RCG ribución: - Jurídico; - Partes; - Control; 2
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 562, de 25 de agosto de 2025.
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