Dirección del Trabajo
Ordinario N° 778, de 25 de noviembre de 2025
ORD.N°778 — ORD.N°778 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de reg
Sumario
ORD.N°778 Sistema de registro y control de asistencia digital; El sistema de registro y control de asistencia denominado "Agroprime Gestión de Personas", consultado por la empresa Prime Tecnologia S.A., RUT N°76.186.359-2, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N°38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación la laboral.
Texto del pronunciamiento
ZEN Dirección. e L “del Trabajo. peda TY) As CS SII 2 Departamento Jurídico FT Unidad de Dictámenes PEO e Informes en Derecho E238886/2025 ORDINARIO N*: / ACTUACIÓN: Aplica doctrina. MATERIA: Sistema de registro y control de asistencia. RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado “Agroprime Gestión de Personas”, consultado por la empresa Prime Tecnología S.A., RUT N*76.186.359-2, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral. ANTECEDENTES: 1) Instrucciones de 17.11.2025 de Jefa de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho. 2) Presentación de 14.08.2025 de empresa Prime Tecnología S.A. SANTIAGO, DE : JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO 25 NOV 2025 A : SRES. PRIME TECNOLOGÍA S.A. HUECHURABA Mediante la presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024. Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, ha acompañado informe de certificación de la empresa Veltec Informática y Cía., Rut 76.201.051-8.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al proceso de revisión señalado en el artículo 68* de la Resolución Exenta N*38, cuyo resultado es el siguiente:
a) Examen de admisibilidad: Analizada la documentación se realiza la siguiente observación relacionada con los artículos 22” N*22.4) acceso al portal de fiscalización y 23” Proceso de ingreso al portal de fiscalización:
Conclusión: La plataforma se ajusta a las exigencias vigentes.
b) Análisis de los aspectos informáticos: Analizada la documentación se realizan las siguientes observaciones:
Conclusión: La plataforma se ajusta a las exigencias vigentes.
c) Análisis de los aspectos jurídicos.
Conclusión: La plataforma se ajusta a las exigencias vigentes.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “Agroprime Gestión de Personas”, consultado por la empresa Prime Tecnología S.A., RUT N”76.186.359-2, se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta N*38 de 26.04.2024, por lo que se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud., YA
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Cómo citarlo
Dirección del Trabajo, Ordinario N° 778, de 25 de noviembre de 2025.
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