Servicio de Impuestos Internos
Circular N° 22, de 7 de abril de 2017
Circular SII N° 22 de 2017
Texto del pronunciamiento
DEPARTAMENTO EMISOR OFICINA DE GESTIÓN NORMATIVA CIRCULAR N° 22.- SISTEMA DE PUBLICACIONES ADMINISTRATIVAS FECHA: 07 de abril de 2017.- MATERIA: INFORMA PORCENTAJE DE REAJUSTE A REFERENCIA: 6-RENTA APLICAR A LOS IMPUESTOS ANUALES A LA RENTA 6(12)00 IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA A DECLARAR EN EL AÑO TRIBUTARIO 2017, DE 6(13)00 IMPUESTO ÚNICO DE SEGUNDA CATEGORÍA ACUERDO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 72 6(15)00 IMPUESTO GLOBAL COMPLEMENTARIO DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA. 6(16)00 IMPUESTO ADICIONAL 6(17)00 ADMINISTRACIÓN DEL IMPUESTO REF. LEGAL: ART. 72 LIR 1.- Atendido que la Variación del Índice de Precios al Consumidor (VIPC) comprendida entre el mes de noviembre del año 2016 y el mes de marzo del año 2017, correspondió a un 1,0%, los Impuestos Anuales de la Ley de la Renta a declarar y pagar en el presente Año Tributario 2017 (hasta el 02 de mayo del año 2017), en aquella parte del tributo no cubierta con créditos, impuestos retenidos y/o pagos provisionales mensuales efectuados durante el año 2016, queda sujeto a dicho porcentaje de reajuste (1,0%), de conformidad a lo dispuesto por el inciso segundo del Artículo 72 de la Ley de la Renta. 2.- Por lo tanto, en la primera columna de la Línea 70 del Formulario N° 22, se debe anotar como valor un 1,0%. Saluda a Ud., FERNANDO BARRAZA LUENGO DIRECTOR DISTRIBUCION: - AL BOLETIN - A INTERNET
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Circular N° 22, de 7 de abril de 2017.
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