Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 2602, de 2 de octubre de 2026
Oficio Ordinario SII N° 2602 (02/10/2026)
Texto del pronunciamiento
VENTAS Y SERVICIOS – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 55 – OFICIO N° 2564 DE 2022 (ORD. N° 2606, DE 02.10.2026) Facturación en venta de lentes ópticos adquiridos por afiliados de ISAPRE con cobertura de plan De acuerdo con su presentación, una empresa dedicada a la comercialización de lentes ópticos, marcos y productos oftálmicos mantiene convenios con diversas ISAPRES, mediante los cuales los afiliados pueden adquirir dichos productos utilizando coberturas otorgadas por su respectiva institución de salud, de modo que el afiliado selecciona el producto y adquiere la propiedad del mismo, financiando la ISAPRE una parte del valor mediante el sistema IMED. Tras señalar que el afiliado paga directamente la diferencia no cubierta por la ISAPRE, que se emite factura a la ISAPRE por el monto facturado y boleta al afiliado por el monto efectivamente pagado a la óptica por éste, consulta si el criterio contenido en el Oficio N° 2564 de 2022 es aplicable a operaciones consistentes en la venta de bienes corporales muebles por parte de ópticas que mantienen convenios IMED con ISAPRES y cuál sería la forma de facturar la operación, aclarando quién debe ser considerado adquirente del bien, para efectos del IVA. Al respecto se informa que lo resuelto en el Oficio N° 2564 de 2022 no es aplicable en el caso consultado, toda vez que las ISAPRES gozan del tratamiento señalado en el oficio mencionado solo respecto de las prestaciones de salud financiadas por ella, no incluyéndose dentro del concepto prestaciones a las ventas financiadas por dicha institución. De este modo, la óptica debe emitir la boleta que respalda tributariamente la venta, directamente al adquirente, en el momento mismo de la entrega de los bienes1 y por el monto total de la operación, no correspondiendo facturar a la ISAPRE la parte del precio que ésta bonifica, mediante el sistema IMED, en forma simultánea a la compra. Para dejar constancia del pago que realiza la ISAPRE a la óptica por concepto de la bonificación entregada en la compra de lentes a su afiliado, podrá emitirse cualquier otro documento que acuerden las partes y que refleje fehacientemente la operación que se está realizando. JORGE TRUJILLO PUENTES DIRECTOR Oficio N° 2606, de 02.10.2026 Subdirección Normativa Depto. de Impuestos Indirectos 1 Artículo 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 2602, de 2 de octubre de 2026.
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