Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 2152, de 23 de octubre de 2025
Oficio Ordinario SII N° 2152 (23/10/2025)
Texto del pronunciamiento
VENTAS Y SERVICIOS – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 3, ART. 11 – OFICIO N° 1679 DE 2025, OFICIO N° 2438, N° 1729 Y N° 1728 DE 2023 (ORD. N° 2152, DE 23.10.2025) Emisión de factura de compra por servicios prestados desde el exterior De acuerdo con sus presentaciones, a propósito del tratamiento tributario para los servicios digitales realizados por prestadores sin domicilio ni residencia en Chile, cuando estos servicios sean utilizados en el país, consulta si debe emitir un documento tributario electrónico, factura de compra, declarar y enterar en arcas fiscales el impuesto correspondiente, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la normativa vigente. Al respecto se informa que las personas jurídicas que no sean contribuyentes del IVA, beneficiarias de servicios afectos a dicho impuesto, prestados por contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile, que no se hayan inscrito en el señalado régimen simplificado, pueden solicitar a este Servicio se les autorice a retener y enterar el impuesto respectivo en arcas fiscales, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 3° de la LIVS, mediante la emisión de una factura de compra1. Sin embargo, si el beneficiario del servicio es un contribuyente de IVA, de acuerdo con la letra e) del artículo 11 de la LIVS, será considerado sujeto del IVA, siempre que la prestación sea realizada por un prestador domiciliado o residente en el extranjero, en cuyo caso, igualmente se debe emitir una factura de compra por parte del beneficiario, pero no será necesaria una autorización especial de este Servicio para dicho efectos ya que, configurados los supuestos, el referido cambio de sujeto del IVA es aplicable por el solo ministerio de la ley2. Por tanto, si la Comisión tiene la calidad de contribuyente de IVA deberá emitir facturas de compra, debiendo declarar y pagar el impuesto sin necesidad de una declaración previa por parte de este Servicio que disponga el cambio de sujeto3. CAROLINA SARAVIA MORALES DIRECTORA (S) Oficio N° 2152, de 23.10.2025 Subdirección Normativa Depto. de Impuestos Indirectos 1 Oficio N° 1679 de 2025. 2 Ver Oficios N° 1728 de 2023 y N° 1729 de 2023. 3 Oficio N° 2438 de 2023
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 2152, de 23 de octubre de 2025.
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