Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 2054, de 26 de julio de 2023
Oficio Ordinario SII N° 2054 (26/07/2023)
Texto del pronunciamiento
VENTAS Y SERVICIOS – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 2 N° 2, ART. 8 LETRA H – LEY N° 17.336 – LEY N° 21.420 (ORD. N° 2054, DE 26.07.2023) Tributación de los derechos de autor con motivo de la Ley N° 21.420. De acuerdo con su presentación, consulta cuál es la situación de los derechos de autor en materia de IVA, con posterioridad a la Ley N° 21.420. Al respecto, se informa que la Ley N° 21.420 modificó1, a contar del 1° de enero de 20232, el concepto de hecho gravado “servicio”, contenido en el N° 2°) del artículo 2° de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), eliminando el requisito que la remuneración del servicio provenga del ejercicio de alguna de las actividades clasificadas en los números 3 o 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Luego, a contar de la fecha indicada, se grava con IVA toda acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración. Con todo, bajo dicho concepto de “servicio” no se comprenden las remuneraciones obtenidas con motivo de la simple tenencia o titularidad de derechos protegidos por la Ley N° 17.336. Sin perjuicio de lo anterior, se tiene presente que la letra h) del artículo 8° de La LIVS grava, como hecho gravado especial, el arrendamiento, subarrendamiento o cualquier otra forma de cesión del uso o goce temporal de marcas, patentes de invención, procedimientos o fórmulas industriales y otras prestaciones similares, norma que no fue modificada por la Ley N° 21.420 y entre las cuales se entienden incluidas las obras protegidas por la Ley N° 17.3363. En consecuencia, las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 no alteraron la situación de los derechos de autor protegidos por la Ley N° 17.336 frente al IVA. HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA DIRECTOR Oficio N° 2054, de 26.07.2023 Subdirección Normativa Depto. de Impuestos Indirectos 1 N° 1 del artículo 6 de la Ley N° 21.420. 2 Inciso primero del artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420. 3 Oficios N° 2681 de 2021, N° 765 de 2022, N° 3598 de 2022, entre otros.
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 2054, de 26 de julio de 2023.
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