Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 2219, de 31 de agosto de 2026
Oficio Ordinario SII N° 2219 (31/08/2026)
Texto del pronunciamiento
DONACIONES CON FINES EDUCACIONALES – LEY N° 19.247, ART. 3° - LEY N° 20.032, ART. 39. (ORD. N° 2219, DE 31.08.2026) Referencia a instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores en la Ley de Donaciones con Fines Educacionales. De acuerdo con su presentación, solicita confirmar que la referencia a las “instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores”, contenida en la letra A.- del artículo 1° de la Ley de Donaciones con Fines Educacionales1, debe entenderse actualmente efectuada a los “colaboradores acreditados” de la Ley N° 20.032. Lo anterior, atendido que el artículo 39 de esta última ley dispone que “Las referencias que se efectúen en diferentes cuerpos legales a las Instituciones Colaboradoras, reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores o que coadyuven a sus funciones, se entenderán hechas a los colaboradores acreditados de que trata esta ley”. Al respecto, se confirma que la referencia a las “instituciones colaboradoras del Servicio Nacional de Menores” que indica, debe entenderse efectuada a los colaboradores acreditados del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia de que trata la Ley N° 20.032. JORGE TRUJILLO PUENTES DIRECTOR Oficio N° 2219, de 31.08.2026 Subdirección Normativa Depto. de Técnica Tributaria 1 Establecida en el artículo 3° de la Ley N° 19.247.
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 2219, de 31 de agosto de 2026.
Más sobre Herencias y Donaciones (Ley 16.271)
-
La norma aclara que solo los contribuyentes señalados en la ley pueden acceder a los beneficios tributarios del Título VIII bis del D.L. N° 3.063, pero no impide que otras personas hagan donaciones válidas a entidades inscritas, quedando sujetas al impuesto general correspondiente.
-
El SII actualiza las reglas para emitir certificados de donaciones con beneficios tributarios, ahora mediante el portal de donaciones, y reemplaza la resolución anterior de 2022.
-
El tema principal es si el aporte adicional por seguro de invalidez y sobrevivencia a cuentas previsionales es ingreso no renta y si se incluye en el impuesto a las herencias. Resuelve que, si es un beneficio previsional, es ingreso no renta al enterarse, y las pensiones se gravan al pagarse.
Todos los pronunciamientos sobre Herencias y Donaciones (Ley 16.271)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Otras Normas, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Otras Normas¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.