Servicio de Impuestos Internos
Oficio N° 644, de 1 de marzo de 2022
Oficio Ordinario SII N° 644 (01/03/2022)
Texto del pronunciamiento
VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ART. 55. – (ORD. N° 644, DE 01.03.2022) Documento a emitir para traslado de vehículos motorizados. De acuerdo con sus presentaciones, una empresa de arriendo de vehículos, que posteriormente son vendidos, traslada unidades a centros de operaciones con documentación interna que no es una guía de despacho, sino un documento de traslado automático cuya copia es llevada en el vehículo, consultando si puede mantener esta forma de operar o deben hacer los traslados dentro de la región metropolitana y a través de regiones, con guía de despacho. Al respecto se informa que, de acuerdo al inciso final del artículo 55 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), las guías de despacho deben exhibirse, a requerimiento del Servicio de Impuestos Internos, durante el traslado de especies afectas a IVA, realizado en vehículos destinados al transporte de carga y para estos efectos, el vendedor o prestador de servicios debe emitir guías de despacho también cuando efectúe traslados de bienes corporales muebles que no importen ventas. Como se puede apreciar, la obligación de emitir guía de despacho en los traslados de bienes que no importen ventas está circunscrita al traslado de bienes en vehículos destinados al transporte de carga, situación que no se da en el caso consultado. Dado lo expuesto, el contribuyente puede continuar emitiendo el documento adjunto a su presentación para trasladar los vehículos entre sus distintas sucursales. FERNANDO BARRAZA LUENGO DIRECTOR Oficio N° 644, de 01.03.2022 Subdirección Normativa Dpto. de Impuestos Indirectos
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 644, de 1 de marzo de 2022.
Más sobre Facturación y Documentos Tributarios Electrónicos (DTE)
-
La cooperativa puede incluir en su boleta de agua el cobro del alcantarillado municipal, pero el servicio de recaudación que presta a la municipalidad está afecto a IVA y debe facturarse por separado.
-
Esta resolución modifica la autorización de un sistema electrónico de venta de colaciones para actualizar sus condiciones de operación. Con ello, permite que los contribuyentes que lo usan sigan emitiendo documentos tributarios de forma simplificada y conforme a la normativa vigente.
-
Esta resolución fija las exigencias que deben cumplir las facturas y guías de despacho para amparar el traslado de bienes corporales muebles, y deja sin efecto la Resolución Ex. SII N° 154 de 2025.
Todos los pronunciamientos sobre Facturación y Documentos Tributarios Electrónicos (DTE)
Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre IVA, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.
Avísame de nuevos pronunciamientos sobre IVA¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.