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Servicio de Impuestos Internos

Oficio N° 834, de 14 de marzo de 2023

Oficio Ordinario SII N° 834 (14/03/2023)

Texto del pronunciamiento

VENTAS Y SERVICIOS – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 2 N° 2 – LEY N° 21.420 – DECRETO LEY N° 2442 DE 1978, ART. 16 LETRA J – DECRETO N° 147 DE 2015 DE MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO (ORD. N° 834, DE 14.03.2023) IVA de la certificación de exportación de productos pesqueros. De acuerdo con su ordinario, las empresas del sector pesquero y acuícola, para efectos de exportar sus productos, certifican la calidad sanitaria de los mismos, certificación que es efectuada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA) y por el cual se efectúa un cobro regulado en el Decreto N° 147 de 2015, consultando si dicho cobro se encuentra afecto a IVA. Al respecto y como es de su conocimiento, la Ley N° 21.420 modificó1, a contar del 1° de enero de 20232, el concepto de hecho gravado “servicio” contenido en el N° 2°) del artículo 2° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), eliminando el requisito que la remuneración del servicio provenga del ejercicio de alguna de las actividades clasificadas en los números 3 o 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). Luego, a contar de la fecha indicada, se grava con IVA toda acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión o cualquiera otra forma de remuneración, salvo que concurra alguna exención. Precisado lo anterior, se tiene presente que, conforme la letra j) del artículo 16 del Decreto Ley N° 2442 de 1978, corresponde al Director Nacional de SERNAPESCA controlar la calidad de los productos pesqueros de importación y exportación y otorgar los certificados oficiales correspondientes, agregando que para estos efectos podrá encomendar la labor de análisis a entidades públicas o privadas que cumplan con los requisitos que fije el reglamento respectivo. En ese orden de ideas, el mencionado Decreto N° 147 de 2015 establece las tarifas correspondientes a los servicios de inspección, verificación y certificación de calidad, sanidad, origen y especial otorgados por SERNAPESCA respecto de los productos y subproductos pesqueros y especies acuáticas de exportación. Luego, se trata de un servicio gravado con IVA conforme la definición vigente contenida en el N° 2°) del artículo 2° de la LIVS. HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA DIRECTOR Oficio N° 834, de 14.03.2023 Subdirección Normativa Depto. de Impuestos Indirectos 1 N° 1 del artículo 6 de la Ley N° 21.420. 2 Inciso primero del artículo octavo transitorio de la Ley N° 21.420.

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Oficio N° 834, de 14 de marzo de 2023.

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