Servicio de Impuestos Internos
Resolución N° 185, de 15 de diciembre de 2025
Resolución Exenta SII N° 185 de 2025 — Delega facultad que indica.
Texto del pronunciamiento
SUBDIRECCION DE DESARROLLO DE PERSONAS GE 356915 DELEGA FACULTAD QUE INDICA. SANTIAGO, 15 DE DICIEMBRE DE 2025 RESOLUCION EXENTA SII N185.- VISTOS: Los artículos 7, letras e), i) y j) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el DFL N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo 6, letra A, N° 3, del Código Tributario; los artículos 2°, 3°, 31, 36 y 41 de la Ley 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo establecido en el Decreto N° 44, de 2024, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que Aprueba nuevo Reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable; y la Res. Exenta N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y CONSIDERANDO: 1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, el Director está facultado para representar al Servicio en todos los asuntos, incluidos recursos judiciales en que la ley le asigna la calidad de parte, y los recursos extraordinarios que se interpongan en contra del mismo Servicio con motivo de actuaciones administrativas o jurisdiccionales; así como autorizar a los Subdirectores, Directores Regionales o a otros funcionarios para resolver sobre determinadas materias o para hacer uso de algunas de sus atribuciones , actuando por “Orden del Director”, sin otras limitaciones que las que determine el propio Director; 2.- Que, por su parte, el artículo 41 de la Ley 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, autoriza a delegar las atribuciones y facultades conferidas a este Director, de manera parcial y para materias específicas; 3°.- Que, como entidad que forma parte de la Administración del Estado, el Servicio tiene la calidad de empleador y se encuentra sometido a la fiscalización de los organismos facultados por la ley para cumplir tales fines, como la Dirección del Trabajo y las Secretarias Regionales Ministeriales de Salud, en materia de seguridad y salud laboral de todos sus funcionarios. 4°.- Que, el inciso primero del artículo 1° de la ley Nº 19.345 establece que los trabajadores de la Administración Civil del Estado centralizada y descentralizada, de las municipalidades, y de las demás instituciones que ahí se mencionan, quedarán sujetos al seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales a que se refiere la ley Nº 16.744. 5° Que, el inciso cuarto del artículo 76 de la ley Nº 16.744 dispone que “sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos precedentes, en caso de accidentes del trabajo fatales y graves, el empleador deberá informar inmediatamente a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud que corresponda, acerca de la ocurrencia de cualquiera de estos hechos”. 6° Que, con el fin de cumplir adecuadamente y de manera más eficiente los requerimientos y entrega de información que efectúan los organismos fiscalizadores mencionados, se estima necesario delegar en la autoridad que se indicará, la facultad de representar al Servicio de Impuestos Internos ante los organismos y en las materias que se indicarán, y ante la ocurrencia ( o sospecha) de accidentes de trabajos graves o fatales 6° Las necesidades del Servicio,
RESUELVO: DELÉGASE en el Subdirector de Desarrollo de Personas, la facultad de representar al Servicio ante la Dirección del Trabajo y ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud, en todo lo que sea necesario para dar cumplimiento a requerimientos de información, citaciones, declaraciones y otros trámites que se dispongan por los organismos mencionados, incluido el ser notificado de nuevos requerimientos o resoluciones que se dicten en los procesos de fiscalización respectivos, en lo relacionado con las materias de seguridad y salud laboral de los funcionarios del Servicio. Una vez tramitada, publíquese la presente resolución exenta en el portal web del Servicio de Impuestos Internos, en el banner “Gobierno Transparente”, al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 7°, de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y artículo 51 de su Reglamento. ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE EN EL PORTAL DE GOBIERNO TRANSPARENTE. DIRECTORA (S) CDR/MPR/lfg Distribución: -Internet
Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.
Cómo citarlo
Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 185, de 15 de diciembre de 2025.
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