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Servicio de Impuestos Internos

Resolución N° 21, de 4 de febrero de 2026

Resolución Exenta SII N° 21 de 2026 — Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo y el Servicio de Impuestos Internos.

Texto del pronunciamiento

SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE GE00353982 MATERIA: Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo y el Servicio de Impuestos Internos. SANTIAGO, 04 DE FEBRERO DE 2026 RESOLUCIÓN EX. SII N°21.- VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 1° y letra o) del 7°, ambos de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; el artículo 2 de la Ley N° 20.575 y el artículo 35 del Código Tributario. CONSIDERANDO: 1.- Que, corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, otorga al Director la atribución de ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio. 2. Que, a su vez, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, entre otras funciones, tiene por objeto recoger, procesar y difundir la información relacionada con el quehacer de las municipalidades, especialmente en lo relativo a su gestión financiera y presupuestaria, administración de personal y prestación de servicios, con la finalidad de que éstas puedan ofrecer a la ciudadanía una mejor gestión de los recursos y entrega de los servicios. 3.- Que, en virtud de lo anterior, y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 28 de enero de 2026, destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. RESUELVO: APRUÉBASE Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 28 de enero de 2026, cuyo texto es el siguiente: 1

“CONVENIO DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y COLABORACIÓN ENTRE LA SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO Y EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS En Santiago, a 28 de enero de 2026, entre el Servicio de Impuestos Internos, RUT 60.803.000-K, en adelante indistintamente denominado “SERVICIO” o “SII”, representado por su Directora (S), doña Carolina Saravia Morales, cédula de identidad N° 10.325.935-5, ambos con domicilio en Teatinos N° 120, comuna de Santiago y la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, RUT 60.515.000-4 en adelante indistintamente denominada “SUBDERE” o “Subsecretaría”, representada, según se acreditará, por su Subsecretaria, Francisca Perales Flores, cédula de identidad N° 15.831.087-2, ambas con domicilio en Palacio de La Moneda S/N° de la comuna de Santiago, Región Metropolitana, se ha convenido lo siguiente: PRIMERO: La Ley N° 18.359 del año 1984, creó el cargo de Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo, facultándolo para coordinar, impulsar y evaluar el desarrollo regional, provincial y local y a colaborar en las funciones de modernización y reforma administrativa del Estado. Dentro de ello, la SUBDERE tiene como uno de sus objetivos recoger, procesar y difundir la información relacionada con el quehacer de las municipalidades, especialmente en lo relativo a su gestión financiera y presupuestaria, administración de personal y prestación de servicios, con la finalidad de que éstas puedan ofrecer a la ciudadanía una mejor gestión de los recursos y entrega de los servicios. SEGUNDO: De acuerdo con el artículo 1° de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7, del Ministerio de Hacienda, de fecha 30 de septiembre de 1980, al SERVICIO, le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. En razón de dicho objeto, obtiene y procesa información de los contribuyentes. TERCERO: En razón de lo anterior, considerando el principio de coordinación consagrado en el artículo 5° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en los artículos 4 al 16 y 20 de la Ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada, que establecen un marco al procesamiento de la información; la SUBDERE y el SERVICIO acuerdan suscribir el presente convenio destinado al intercambio de información para ser utilizada dentro del marco de sus competencias. Esto último con el fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han encargado. CUARTO: La SUBDERE y el SERVICIO, para efectos de cumplir con el intercambio de información previsto en este convenio, se conectarán, ya sea utilizando las redes internet y/o intranet del Estado, o alguna otra forma que acuerden ambas partes. El detalle de la información a ser traspasada entre las partes se especifica en los anexos, que se entienden parte integrante del presente convenio. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier desarrollo futuro que se requiera incorporar con intención de nuevos intercambios de información se adjuntará a través de un nuevo anexo, previo análisis y pronunciamiento de las áreas pertinentes a la materia a intercambiar, y las áreas jurídicas de ambas instituciones. El intercambio de información y el otorgamiento de servicios objeto de este Convenio no serán remunerados. 2

QUINTO: Con el objeto de velar por el fiel cumplimiento del presente Convenio, cada una de las partes designará un Coordinador. El SERVICIO designa como coordinador, para estos efectos, al Jefe de Oficina de Operaciones dependiente de la Subdirección de Asistencia al Contribuyente. La SUBDERE designa como coordinador, para estos efectos, al Jefe del Departamento de Estudios y Análisis Territorial, o quién éste designe. En el evento de modificarse la designación, se deberá comunicar tal situación formalmente, mediante oficio, al jefe superior de la otra institución. SEXTO: Ambas partes se obligan a utilizar la información proporcionada por el otro sólo para los fines propios de cada institución, autorizados por el presente convenio, para lo que deberán mantener la confidencialidad correspondiente, en el marco de sus competencias legales, quedando prohibido un uso distinto al señalado. Asimismo, se obliga a limitar la divulgación de la información, materia de este convenio, sólo a aquellos funcionarios que estrictamente tengan la obligación de conocerla, evitando el acceso a terceros no autorizados. Las partes deberán instruir por escrito, de acuerdo con sus procedimientos formales internos, a cualquier funcionario que tenga acceso a la información, respecto a la imposibilidad absoluta de copiarla, total o parcialmente, revelar, publicar, difundir, vender, ceder, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, ya sea durante la vigencia del convenio como después de su término. En dicho contexto, tanto el SERVICIO como la SUBDERE, cumplirán con lo establecido al efecto por el D.S. N° 83, del año 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba norma técnica para los órganos de la Administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos. En consecuencia, ambas partes deberán velar por el cumplimiento de la Ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada y lo dispuesto en el artículo 35 del Código Tributario. Este último, por cuanto ni el SERVICIO, ni la SUBDERE solicitarán información sujeta a reserva sin que exista una norma de excepción que la habilite expresamente para tal efecto. Las partes se obligan a respetar las disposiciones de la Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública. SÉPTIMO: Cualquier incumplimiento respecto de las obligaciones contraídas en virtud del presente acuerdo, en materia de intercambio de información, dará derecho a la parte diligente a poner término inmediato y en forma anticipada al Convenio. OCTAVO: El presente convenio tendrá una duración de 1 año y se entenderá prorrogado automáticamente por períodos iguales y sucesivos si ninguna de las partes manifiesta a la otra su intención de ponerle término con, al menos, 60 días de antelación, mediante carta certificada dirigida al Jefe Superior del respectivo servicio. NOVENO: El presente convenio podrá suscribirse con firma electrónica avanzada o materialmente. En este último caso, las partes conservaran un ejemplar en su poder. Para todos los efectos legales se entiende como fecha del convenio la fecha de la última firma de los otorgantes. 3

DÉCIMO: El presente Convenio comenzará a regir el día primero del mes siguiente a aquel en que se produzca la total tramitación de la última resolución y/o decreto que lo apruebe, circunstancia que deberá comunicarse por escrito a la otra parte. UNDÉCIMO: Se adjuntan anexos los cuales se entienden forman parte integrante del presente acuerdo. Las partes acuerdan que en el evento de ser necesario suscribir algún Anexo, éste también se entenderá formar parte integrante del Convenio y deberá ser aprobado mediante acto administrativo dictado por cada una de las partes. DUODÉCIMO: Con fecha 23 de noviembre de 2021, el Servicio de Impuestos Internos y la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, suscribieron un convenio en virtud del cual ambas partes intercambian información, aprobado por el Ministerio del Interior, por Decreto Exento N°4304, de fecha 10 de enero de 2022. En virtud del presente convenio las partes acuerdan mediante este acto dejar sin efecto el mencionado convenio, reemplazándolo por el presente instrumento. DÉCIMO TERCERO: El presente convenio podrá modificarse de común acuerdo. Cualquier modificación realizada tendrá vigencia a contar de la total tramitación del último acto administrativo que la apruebe. DÉCIMO CUARTO: La propiedad intelectual de todos los productos creados con motivo de la ejecución del proyecto en materia de este convenio, tales como informes, documentos, base de datos, estudios técnicos, especificaciones, productos y cualquier otro documento que se elabore en virtud de este instrumento, se realizan en colaboración entre la SUBDERE, y el SERVICIO. En consecuencia, la propiedad intelectual de dichos productos pertenecerá de igual forma a todas las partes, todo ello en conformidad a la Ley N°17.336. Las partes dejan constancia que cualquier resultado y/o producto existente con anterioridad al presente acuerdo, elaborado en forma paralela e independiente del mismo, o no contemplado en sus objetivos generales y/o específicos, son y serán de exclusiva propiedad de la parte que lo haya generado, no pudiendo ser utilizado de ningún modo sin su previa autorización por escrito. DÉCIMO QUINTO: La personería de Francisca Perales Flores, para representar a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, consta en Decreto Supremo Nº 214 de fecha 16-08-2023, del Ministerio del Interior, que la nombra Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo. La personería de doña Carolina Saravia Morales, para representar al Servicio de Impuestos Internos consta en el Decreto Exento (Por orden del Presidente de la República) RA N° 289/323/2024, de fecha 04/07/2024 del Ministerio de Hacienda, que la nombra Segundo subrogante al cargo de Director del Servicio de Impuestos Internos. _________________________________________ _________________________________________ FRANCISCA PERALES FLORES CAROLINA SARAVIA MORALES SUBSECRETARIA DIRECTORA (S) SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y ADMINISTRATIVO 4

ANEXO N°1 Información que se traspasará desde el SERVICIO a la SUBDERE I. Información a traspasar por medio de WEBSERVICE Para acceder a la información a través de Webservice, SUBDERE deberá previamente autenticarse enviando un token en el Header o Body del Request HTTP, según corresponda, el cual corresponde a un identificador único que es almacenado y enviado al cliente en el Header o Body del Response HTTP del proceso de Autenticación Automática con Certificado Digital (CD), y permite la búsqueda de toda la información relacionada a una sesión del cliente. Además, SUBDERE como el organismo consumidor del o los servicios de información que se mencionan a continuación, debe ser autorizada mediante la asignación de perfil(es) y validación de IP, completando de esta manera los procesos de autenticación y autorización requeridos para el uso de los servicios provistos por el Servicio de Impuestos Internos. El proceso de Autenticación Automática con CD, debe realizarse a través del uso de protocolos seguros TLS, actualizados y vigentes para los sitios del SII (mayor detalle en https://www.ssllabs.com/ssltest/analyze.html?d=ws1.sii.cl). El número máximo de transacciones por segundo de cada servicio WS al que tenga acceso la institución, será definido por el SII de acuerdo con sus Políticas de Seguridad, velando por el correcto funcionamiento de sus Sistemas Operacionales. La implementación del proceso de autenticación, obtención de semilla y token, debe realizarse según el Manual de Desarrollador Autenticación Automática, en su versión 1.12 o superior. Se debe tener presente que la duración del token es de una hora sin actividad, la cual se renueva automáticamente con cada consulta, por lo es responsabilidad de la institución controlar esta situación y no sobrecargar los sistemas y servicios del SII. No se debe pedir semilla y token por cada transacción de consulta realizada. El uso de los servicios es para sistemas en línea por lo que no se deben encolar transacciones para luego realizar llamadas en forma masiva. Este tipo de operación tiene restricciones a nivel de firewall y se podría bloquear la IP desde donde se consulta. 1.1. Acceso Servicios de Interoperabilidad Cartografía Digital “SII-MAPAS” Para acceder a los servicios de interoperabilidad de Cartografía Digital “SII-Mapas” de una comuna mediante los servicios Web Map Service (WMS) y Web Map Tile Service (WMTS). Estos servicios cumplen el estándar Open Geospatial Consortium (OGC) y pueden ser utilizados desde cualquier software o sitio Web que cumpla con ello. El acceso se prestará por medio de la capa “Bienes Raíces – polígonos”, la que corresponde a los polígonos vigentes en el Catastro de Bienes Raíces, con aquellos predios que poseen línea de terreno (incluye bienes comunes). El detalle de los servicios disponibles corresponde a: 1.1.1. Web Map Service (WMS): Servicio para obtener mapas y capas en formato de imagen. Parámetros de salida: Una vez desplegada la cartografía, se podrá acceder a información individualizada de cada predio según el siguiente detalle: CAMPO DESCRIPCIÓN NOMBRE COMUNA Nombre de la comuna seleccionada CÓDIGO COMUNA SII Código de identificación de comuna NÚMERO MANZANA Número de manzana del predio seleccionado 5

NÚMERO PREDIO Número del predio seleccionado al interior de la manzana DIRECCIÓN PREDIAL Dirección del predio seleccionado DESTINO Destino o uso del predio seleccionado SERIE Serie del predio seleccionado (Agrícola o No Agrícola) UBICACIÓN Ubicación del predio seleccionado (Rural, Urbana o Extensión)Urbana) AVALÚO TOTAL Avalúo fiscal total del predio seleccionado AVALÚO AFECTO Avalúo afecto al Impuesto Territorial. Nota: Las descripciones y especificaciones técnicas se encuentran detalladas en el Manual de Usuario, dispuesto como guía para los usuarios. 1.1.2. Web Map Tile Service (WMTS): Servicio para obtener mapas y capas en formato de teselas. Parámetros de salida: Una vez desplegada la cartografía, se podrá acceder a información individualizada de cada predio según el siguiente detalle: CAMPO DESCRIPCIÓN NOMBRE COMUNA Nombre de la comuna seleccionada CÓDIGO COMUNA SII Código de identificación de comuna NÚMERO MANZANA Número de manzana del predio seleccionado NÚMERO PREDIO Número del predio seleccionado al interior de la manzana DIRECCIÓN PREDIAL Dirección del predio seleccionado DESTINO Destino o uso del predio seleccionado SERIE Serie del predio seleccionado (Agrícola o No Agrícola) UBICACIÓN Ubicación del predio seleccionado (Rural, Urbana o Extensión Urbana) AVALÚO TOTAL Avalúo fiscal total del predio seleccionado AVALÚO AFECTO Avalúo afecto al Impuesto Territorial. Nota: Las descripciones y especificaciones técnicas se encuentran detalladas en el Manual de Usuario, dispuesto como guía para los usuarios. El acceso a los servicios de interoperabilidad de Cartografía Digital “SII-Mapas” estará disponible para funcionarios previa y nominativamente autorizados por la SUBDERE. Para ello la SUBDERE deberá autorizar a través de la representación electrónica, que este Servicio pone a disposición de los contribuyentes en su página web, a los funcionarios que accederán a la información exclusiva de su jurisdicción, quienes, a su vez, con su RUT, Clave Tributaria y seleccionando la institución que representan, podrán ingresar al catálogo y URL de los Servicios de Interoperabilidad en Cartografía SII-Mapas. Los mapas a los que se tendrá acceso a través de los servicios descritos anteriormente son de carácter referencial, tanto en su localización como en sus dimensiones y en ningún caso acreditan delimitaciones de manzanas o predios, así como tampoco límites comunales, regionales o internacionales y no comprometen en modo alguno al Estado de Chile, de acuerdo con el Artículo 2°, letra g del DFL Nº83 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores. La SUBDERE deberá utilizar la información obtenida desde los servicios de interoperabilidad de Cartografía Digital “SII-Mapas” sólo para sus fines propios, por lo que deberá mantener la confidencialidad correspondiente, en el marco de sus competencias legales, quedando prohibido un uso distinto al señalado. 6

Asimismo, deberá limitar el acceso, sólo a aquellos funcionarios que estrictamente tengan la obligación de conocerla, evitando el acceso a terceros no autorizados La SUBDERE deberá instruir por escrito, de acuerdo con sus procedimientos formales internos, a cualquier funcionario que tenga acceso a la información, respecto a la imposibilidad absoluta de copiarla, total o parcialmente, revelar, publicar, difundir, vender, ceder, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar o destruir dicha información. La SUBDERE deberá cumplir con lo establecido en la siguiente normativa: D.S. N°83, del año 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba norma técnica para los órganos de la Administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos; Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada; y Ley N°20.285, sobre Acceso a la Información Pública. El Servicio de Impuestos Internos no se responsabiliza por la utilización de esta información para fines diversos a la aplicación de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial. Toda presentación de la información obtenida mediante los Servicios de Interoperabilidad Cartográfica deberá citar como referencia expresa, la base de datos provista por “SII Mapas”. II. Información para traspasar por medio de entregas Batch a. Valores Semestrales de Impuesto Territorial Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna MONTO_TOTAL_GIRO Monto total de los Giros por Impuesto Territorial semestre en curso MONTO_TOTAL_REEMPL Monto total de los Reemplazo de contribuciones semestre anterior MONTO_TOTAL_SUPLEM Monto total de los Suplementarios de contribuciones semestre anterior b. Valores Semestrales Derechos de Aseo Domiciliario Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna MONTO_TOTAL_ASEO Monto total derechos de aseo domiciliario c. Bienes Raíces Agrícolas Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna 7

CANTIDAD_PRE_AGRICOLAS Cantidad total de Predios Agrícolas MONTO_AVALUO_AGRICOLAS Monto Avalúo Total Predios Agrícolas CANTIDAD_PRE_AGRICOLAS AFECTOS Cantidad Predios Agrícolas Afectos MONTO_AVALUO_AGRICOLAS Monto Avalúo Total Predios Agrícolas Afectos _AFECTOS CANTIDAD_PRE_AGRICOLAS _EXENTOS Cantidad de Predios Agrícolas Exentos MONTO_AVALUO_AGRICOLAS_EXENTOS Monto Avalúo Total Predios Agrícolas Exentos TOTAL_GIROS_AGRICOLAS Total de giros de Impuesto Territorial Predios Agrícolas d. Bienes Raíces No Agrícolas Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna CANTIDAD_PRE_NO_AGRICOLAS Cantidad total de Predios No Agrícolas MONTO_AVALUO_NO_AGRICOLAS Monto Avalúo Total Predios No Agrícolas CANTIDAD_PRE_NO_AGRICOLAS_AFEC Cantidad Predios No Agrícolas Afectos TOS MONTO_AVALUO_NO_AGRICOLAS Monto Avalúo Total Predios No Agrícolas Afectos AFECTOS CANTIDAD_PRE_NO_AGRICOLAS Cantidad de Predios No Agrícolas Exentos EXENTOS e. Bienes Raíces No Agrícolas con Destino Habitacional Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna CANTIDAD_PRE_NO_AGRICOLAS_HABI Cantidad total de Predios No Agrícolas TACIONAL Habitacionales MONTO_AVALUO_NO_AGRICOLAS_HAB Monto Avalúo Total Predios No Agrícolas ITACIONAL Habitacionales CANTIDAD_PRE_NO_AGRICOLAS_HABI Cantidad de Predios No Agrícolas Habitacionales TACIONAL_AFECTOS Afectos MONTO_AVALUO_NO_AGRICOLAS_AFE Monto Avalúo Total Predios No Agrícolas CTOS_HABITACIONAL Habitacionales Afectos CANTIDAD_PRE_NO_AGRICOLAS_HABI Cantidad de Predios No Agrícolas Habitacionales TACIONAL_EXENTOS Exentos MONTO_AVALUO_NO_AGRICOLAS_EXE Monto Avalúo Total Predios No Agrícolas NTOS_HABITACIONAL Habitacionales Exentos MONTO_TOTAL_NO_AGRICOLAS_HABIT Monto total de giros por Impuesto Territorial de ACIONAL_HABITACIONAL Predios No Agrícolas Habitacionales 8

f. Bienes Raíces No Agrícolas con Otros Destino Distinto al Habitacional Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna CANTIDAD_PREDIOS Cantidad total de Predios COD_DESTINO Código de destino (Destino del inmueble) MONTO_AVALUO_TOTAL_PREDIO Monto Avalúo Total Predios CANTIDAD_PRE_AFECTO Cantidad de Predios Afectos MONTO_AVALUO_PRE_AFECTO Monto Avalúo Total Predios Afectos CANTIDAD_PRE_EXENTO Cantidad de Predios Exentos MONTO_AVALUO_PRE_EXENTO Monto Avalúo Total Predios Exentos GIRO_AVALUO_NO_AGRICOLAS_NO_HA Giro por Impuesto Territorial de Predios No BITACIONALES Agrícolas No Habitacionales GIRO SOBRETASA_SNE_PRE Giro Sobretasa SNE Predios g. Sitios No Edificados Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna CANTIDAD_PREDIOS_SNE Cantidad total de Sitios No Edificados h. Contribución Neta Predios No Agrícolas No Habitacionales Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna MONTO CONTRIBUCIÓN NETA PREDIOS Monto Contribución neta Predios No Agrícolas No NO AGRÍCOLAS NO HABITACIONALES Habitacionales i. Adicional 0.025% Predios No Agrícolas No Habitacionales Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna MONTO ADICIONAL 0.025% PREDIOS NO Monto Adicional 0.025% Predios No Agrícolas No AGRÍCOLAS NO HABITACIONALES Habitacionales 9

j. Derechos de Aseo Predios No Agrícolas No Habitacionales Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna MONTO POR DERECHOS DE ASEO Monto por Derechos de Aseo Predios No Agrícolas PREDIOS NO AGRÍCOLAS NO No Habitacionales HABITACIONALES k. Propiedades de Dominio y Corporaciones Municipales (registrados en el SII) Entrega Anual CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna CANTIDAD INMUEBLES Número Total de inmuebles asociados a cada Municipio MONTO TOTAL AVALÚO INMUEBLES Monto Total Avaluó de inmuebles asociados a cada MUNICIPIOS Municipio CANTIDAD INMUEBLES Número Total de inmuebles asociados a CORPORACIONES MUNICIPALES Corporaciones Municipales MONTO TOTAL AVALÚO INMUEBLES Monto Total Avaluó inmuebles asociados a las CORPORACIONES MUNICIPALES Corporaciones Municipales Para hacer la entrega de esta información, la SUBDERE entregará al SERVICIO el detalle adjunto. Identificación de Entidades y Corporaciones Municipales CAMPO DESCRIPCIÓN COD_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna RUT RUT institución (cuerpo + DV) NOMBRE ENTIDAD Nombre de la entidad (Municipalidad, Organismo Municipal, Corporación u otra clasificación) 10

ANEXO N°2 Información que se traspasará desde la SUBDERE a el SERVICIO Información para traspasar por medio de entregas Batch a.- Información sobre modificaciones en las Regiones y/o Comunas Entrega anual CAMPO DESCRIPCIÓN ID_REGION Código Región (CUT) DES_ REGION Nombre Región ID_COMUNA Código Comuna (CUT) DES_COMUNA Nombre Comuna RUT_ MUNICIPALIDAD RUT municipalidad (cuerpo + DV) TIPO DE MODIFICACION AGREGAR (A), ELIMINAR (E), MODIFICAR (M) Generar un archivo con las modificaciones existentes, considerando el formato de archivo adjunto, la información que corresponda. Nota: Pueden agregarse comunas debido a la creación de nuevas comunas, eliminar comunas debido a fusiones con otras, y modificación de éstas debido a cambios en los límites de la división política y administrativa del país. b.- Nómina de la Individualización de Alcaldes Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN ID_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna NOMBRE_ALCALDES Nombre de alcaldes RUT_ALCALDES RUT alcaldes (cuerpo + DV) TELEFONO_ALCALDES Teléfono de alcaldes CORREO_ALCALDES Correo de alcaldes GRADO_ALCALDES Grado de alcaldes REFERENTE_POLITICO Referente político de alcaldes c.- Nómina de la Individualización de Director de Obras Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN ID_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna CARGO Cargo del director de Obras NOMBRE_DIRECTOR Nombre del director de Obras RUT_DIRECTOR DE OBRAS RUT Director de Obras (cuerpo + DV) 11

PROFESIÓN_DIRECTOR Profesión del director de Obras CORREO_DIRECTOR Correo del director de Obras TELEFONO_DIRECTOR Teléfono del director de Obras El dato de RUT se entregará durante el año 2026, con la salvedad de que será la primera vez que se capture esta información, por lo que se requiere un período de depuración. d.- Nómina de la Individualización de Director de Administración y Finanzas Municipales Entrega Semestral CAMPO DESCRIPCIÓN ID_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna CARGO Cargo del director de adm. y finanzas NOMBRE_DIRECTOR Nombre del director de adm. y finanzas RUT_DIRECTOR DE ADMINISTRACION Y RUT Director de Administración y Finanzas FINANZAS MUNICIPALES Municipales CORREO_DIRECTOR Correo del director de adm. y finanzas TELEFONO_DIRECTOR Teléfono del director de adm. y finanzas El dato de RUT se entregará durante el año 2026, con la salvedad de que será la primera vez que se capture esta información, por lo que se requiere un período de depuración. e.- Nómina Código SII - Año que Asigna y Asimila cada Municipalidad a Cada Patente Vehicular que Paga el Permiso de Circulación en la Comuna. Entrega semestral CAMPO DESCRIPCIÓN RUT CONTRIBUYENTE Si no tiene el valor o no lo quiere informar dejar en blanco. NOMBRE DE PROPIETARIO Si no tiene el valor o no lo quiere informar dejar en blanco. COMUNA DE PROPIETARIO Nombre de Comuna PLACA PATENTE_UNICA Patente del vehículo sin DV DV PATENTE VEHICULO Digito Verificados de la Patente (un digito) MARCA DE VEHÍCULO MODELO Y VERSION DE VEHICULO MOTOR Información entregada por el Registro de Vehículos Motorizados del SRCeI. CHASIS NUMERO DE ASIENTOS TARA AÑO DE FABRICACION CODIGO SII Código SII asignado o asimilado; Si no tiene el código de servicio de impuesto, dejar en blanco. 12

TASACION VEHICULO Si no tiene el valor dejar en 0. VALOR NETO FACTURA Valor en $; Si no tiene el valor dejar en 0. FECHA_ FACTURA Formato dd/mm/aaaa; Fecha de la factura de venta del vehículo, si no tiene la fecha dejar en blanco, y no rellenar con fechas invalidas como 00-00-0000. ZONA FRANCA Si no tiene el valor dejar en blanco. o bien completar con Si/No. AÑO DEL PERMISO Año del permiso de circulación (formato AAAA) MONTO TOTAL Valor en $; Si no tiene el valor completar con 0. NUMERO DE CUOTA Indicar cuota que se está pagando número de cuota, puede ser 1,2 o T (de total) MONTO PAGADO Valor pagado en $; Corresponde al valor pagado del permiso, solo deben ser números FECHA PAGO PERMISO Corresponde a la fecha de pago del permiso. En formato dd/mm/aaaaa FECHA DE VENCIMIENTO DEL PAGO Formato dd/mm/aaaaa; La fecha de vencimiento del pago, no puede ser mayor al año del permiso; No confundir con fecha de vigencia del permiso f.- Cartografía de División Político Administrativa DPA de límites comunales Capa cartográfica en formato vectorial (shape file). Periodicidad: Entrega Anual CAMPO DESCRIPCIÓN ID_COMUNA Código Comuna ID_PROVINCIA Código Provincia ID_REGION Código Región SUPERFICIE Superficie comunal en kilómetros cuadrados, redondeado a 2 decimales NOM_COMUNA Nombre Comuna NOM_PROVINCIA Nombre Provincia NOM_REGION Nombre Región * Se especifica que el código de comuna que se solicita es el que Código Único Territorial usado por SUBDERE, el cual es distinto al código comunal CONARA utilizado por el SII. 13

g.- Nómina de la Individualización de los ingresos por Impuesto Territorial por Comuna Entrega Anual CAMPO DESCRIPCIÓN ID_REGION Código Región DES_ REGION Descripción Región ID_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna I.TRR. RECAUDACION ABRIL (M$) Recaudación Impuesto Territorial mes de abril pago en mayo I.TRR. RECAUDACION JUNIO (M$) Recaudación Impuesto Territorial mes de junio pago en julio I.TRR. RECAUDACION SEPTIEMBRE Recaudación Impuesto Territorial mes de septiembre (M$) pago en octubre I.TRR. RECAUDACION NOVIEMBRE Recaudación Impuesto Territorial mes de Noviembre (M$) pago en diciembre I.TRR. RECAUDACION TOTAL (M$) Recaudación Impuesto Territorial total Observación: la información de recaudación del ITERR provista por SUBDERE, es sólo una asimilación contable de cobro del impuesto, no la recaudación real que es efectuada por TGR. h.- Nómina de la Individualización de los ingresos municipales totales y por Impuesto Territorial por Comuna y Coeficiente del Fondo Común Municipal Entrega Anual – primera entrega se solicita el año en curso y los últimos dos años anteriores. CAMPO DESCRIPCIÓN ID_REGION Código Región DES_ REGION Descripción Región ID_COMUNA Código Comuna DES_COMUNA Descripción Comuna COEF. 100% FCM Coeficiente 100% Fondo Común Municipal (FCM) INGRESO MUNICIPAL ANUAL POR Ingreso Percibido por Fondo Común Municipal (FCM), FCM (M$) Transferido por TGR INGRESO MUNICIPAL ANUAL POR Ingreso Percibido total a beneficio de la comuna (IPP) IPP (M$) (40%) INGRESO MUNICIPAL ANUAL (M$) Ingreso Municipales (Ingreso Propio IPP+FCM) INGRESO MUNICIPAL POR I.TRR. Ingreso Percibido por concepto de Recaudación POR IPP (M$) Impuesto Territorial a beneficio de la comuna (40%) INGRESO MUNICIPAL POR I.TRR. Ingreso Percibido por Fondo Común Municipal (FCM), POR FCM (M$) Transferido por TGR por concepto de Impuesto Territorial INGRESO MUNICIPAL ANUAL POR Ingreso Municipales (Ingreso Propio IPP+FCM) por I.TRR. (M$) concepto de Impuesto Territorial. 14

ANEXO N°3 1. Protocolo técnico de intercambio de información. Ambas instituciones deberán elaborar, de manera conjunta y consensuada, un documento complementario a este Convenio, que contendrá las especificaciones técnicas del proceso de intercambio de información tales como: medios de envío, tipos de archivo, formatos de registro, diccionario de datos, disponibilidad de los servicios, validaciones de entrada y salida de la información, naturaleza de la información (estructurada o no estructurada), periodicidad, entre otros aspectos técnicos a considerar en el intercambio de la información. Este Documento técnico, podrá ser revisado y actualizado, a petición de alguna de las Instituciones firmantes y en coordinación con la otra Institución, conforme a las necesidades de nueva información a intercambiar producto de una actualización o modificación al Convenio, cambios tecnológicos que afecten la naturaleza informática del intercambio o cualquier situación técnica del intercambio que amerite actualizar este Documento. 2. Protocolos de coordinación y colaboración. a) En caso de que una de las Instituciones, considere necesario profundizar sobre alguno de los casos informados, el encargado del Convenio deberá comunicarse con su contraparte, con el fin de agendar las reuniones que sean necesarias o cualquiera otra instancia que estimen los coordinadores. b) Las Instituciones, a petición de algunas de éstas, brindarán apoyo técnico al organismo que lo solicite a través de capacitación (de acuerdo con la disponibilidad del Servicio de Impuestos Internos), conocimiento y experiencia de tal forma de contribuir en las funciones de cada uno de los organismos. c) Ambas Instituciones se comprometen a trabajar coordinadamente y prestarse colaboración en procesos o acciones de fiscalización que se determinen y acuerden entre ambos organismos, en relación con intercambios de información que apoyen estos procedimientos. d) El Convenio formalizará la mesa de trabajo interinstitucional en la que participa el SII y la SUBDERE, cuyo objetivo es el de ajustar la cartografía de los límites político-administrativos. Por parte de SUBDERE se incorporará como contraparte técnica a 2 profesionales de la Unidad de Investigación Territorial, del Departamento de Estudios y Análisis Territorial, de la División de Políticas y Estudios. Por parte del SII, se incorporará como contraparte técnica a profesionales de la oficina de Geocatastro de la Subdirección de Avaluaciones. La mesa de trabajo debe ser de carácter permanente en tiempo de acuerdo con la vigencia del convenio, en la cual se abordarán temas de trazado y asignaciones comunales prediales.” ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. DIRECTOR (S) PMR Distribución: - Internet 15

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Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 21, de 4 de febrero de 2026.

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