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Servicio de Impuestos Internos

Resolución N° 36, de 6 de marzo de 2026

Resolución Exenta SII N° 36 de 2026 — Autoriza a Ticketera LONKO Ticket Limitada., para emitir boletas de servicios de ingreso a espectáculos públicos, por cuenta de terceros, en la forma y condicione

Texto del pronunciamiento

SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE DEPARTAMENTO CICLO DE VIDA 472-SDAC-2025 77325646505 AUTORIZA A TICKETERA LONKO TICKET LIMITADA., PARA EMITIR BOLETAS DE SERVICIOS DE INGRESO A ESPECTÁCULOS PÚBLICOS, POR CUENTA DE TERCEROS, EN LA FORMA Y CONDICIONES QUE INDICA. SANTIAGO, 06 DE MARZO 2026. RESOLUCIÓN EX. SII N° _36.- / VISTOS: Lo dispuesto en los artículos 55, 56 y 63 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D.L. N° 825, de 1974 y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 55, del Ministerio de Hacienda de 1977; y la Resolución Exenta N° 60, del 14.06.2021; y La solicitud presentada por don Adolfo Cárdenas Concha, RUT N° 15.473.023-0, en representación de TICKETERA LONKO TICKET LIMITADA., RUT N°77.549.457-3, ambos domiciliados en Huérfanos 1160 Of. 1208, Santiago, mediante la cual solicita autorización para acogerse a procedimiento establecido en Resoluciones Ex. SII N° 74 de 2020 y N° 60 de 2021; y CONSIDERANDO: 1° Que, el artículo 56, inciso segundo, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, faculta al Servicio de Impuestos Internos para autorizar el uso de boletas que no reúnan los requisitos exigidos por el Decreto Ley N° 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y por el Decreto de Hacienda N° 55, de 1977, reglamentario de dicha ley; siempre que, a su juicio, se resguarden debidamente los intereses fiscales. 2° Que, mediante Resolución Ex. SII N° 74 de 2020, se instruyó sobre el procedimiento para emitir boletas electrónicas y boletas no afectas o exentas electrónicas de ventas y servicios. 3° Que, mediante Resolución Ex. SII N° 60 de 2021, se establecen los requisitos para la emisión de boletas de servicios por cuenta de empresas productoras u organizadoras de espectáculos públicos y reuniones pagadas. 4° Que, mediante Resolución Ex. SII N° 60 de 2021, el Director delegó, en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente, la facultad de autorizar a emitir boletas de servicios en nombre y representación de empresas organizadoras o productoras de espectáculos públicos o reuniones pagadas, a las empresas mandatarias, cuando de la solicitud y antecedentes aportados por el peticionario y de los informes que estime pertinente requerir, concluya que el interés fiscal se encuentra debidamente resguardado. 5° Que, analizada la petición y los antecedentes acompañados, se estima que la empresa TICKETERA LONKO TICKET LIMITADA., cumple con los requisitos establecidos en la Resolución Ex. SII N° 60 de 2021, resguardando debidamente el interés fiscal.

SE RESUELVE: 1° AUTORÍZASE a TICKETERA LONKO TICKET LIMITADA., RUT N°77.549.457-3, para la emisión de boletas de servicios por cuenta de empresas productoras u organizadoras de espectáculos públicos y reuniones pagadas, con los requisitos que señala la Resolución Ex. SII N° 60, de 2021. 2° Las boletas de servicios para el ingreso a espectáculos públicos y reuniones pagadas, deben ser emitidas en forma individual, en el formato electrónico indicado en la Resolución. Ex. SII N° 74 de 2020. 3° En el caso de venta remota de entradas para el ingreso a espectáculos públicos y reuniones pagadas, independiente del medio de pago que se utilice para tal efecto, la boleta de servicios deberá emitirse de acuerdo con lo señalado en la Resolución Ex. SII N° 60 de 2021. 4° La presente Resolución regirá a partir del 01.08.2025. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE. SUBDIRECTOR DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE RGV/CAB/OBA/LVW DISTRIBUCION - Contribuyente - Internet -Diario Oficial en Extracto

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Servicio de Impuestos Internos, Resolución N° 36, de 6 de marzo de 2026.

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