Petición de herencia contra los sucesores de la heredera putativa con posesión efectiva
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 10619-2011 · 16 de abril de 2012
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 10619-2011
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 10619-2011 (16 de abril de 2012), rechaza la casación de la demandante: la causante de los demandados, con posesión efectiva, fue heredera putativa y adquirió la herencia por prescripción de cinco años, que favorece a sus sucesores.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] la acción de petición de herencia no prescribe por su no ejercicio, sino que, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 2517 del Código de Bello, prescribe conjuntamente con el derecho real de herencia al que atañe. A su turno, el artículo 1269 del citado ordenamiento, fija en diez años el plazo para que el derecho de petición de herencia expire. Pero, la misma norma agrega que el heredero putativo, en el caso del inciso final del artículo 704, podrá oponer a esta acción la prescripción de cinco años.»
Corte Suprema, Rol 10619-2011 «[…] la acción de petición de herencia no prescribe por su no ejercicio, sino que, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 2517 del Código de Bello, prescribe conjuntamente con el derecho real de herencia al que atañe. A su turno, el artículo 1269 del citado ordenamiento, fija en diez años el plazo para que el derecho de petición de herencia expire. Pero, la misma norma agrega que el heredero putativo, en el caso del inciso final del artículo 704, podrá oponer a esta acción la prescripción de cinco años.» (Corte Suprema, Rol 10619-2011). «[…] la acción de petición de herencia no prescribe por su no ejercicio, sino que, de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 2517 del Código de Bello, prescribe conjuntamente con el derecho real de herencia al que atañe. A su turno, el artículo 1269 del citado ordenamiento, fija en diez años el plazo para que el derecho de petición de herencia expire. Pero, la misma norma agrega que el heredero putativo, en el caso del inciso final del artículo 704, podrá oponer a esta acción la prescripción de cinco años.» (Corte Suprema, Rol 10619-2011). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/10619-2011-del-16-04-2012#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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