Artículo 1242 del Código Civil (CC)
Qué dice el artículo
Art. 1242. Se entiende que alguien toma el título de heredero, cuando lo hace en escritura pública o privada, obligándose como tal heredero, o en un acto de tramitación judicial.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación: 14 de diciembre de 1855 · promulgación: 14 de diciembre de 1855 · Texto refundido: Decreto con Fuerza de Ley 1, publicado en el Diario Oficial el 30 de mayo de 2000 · Última modificación: 14 de junio de 2024.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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Reivindicación de comuneros contra quien regularizó el predio bajo el Decreto Ley 2.695
Rechaza la casación en la forma y en el fondo de la demandada: la limitación del artículo 19 número 1 del Decreto Ley 2.695 no rige en la reivindicación, y la demanda es un acto de conservación de los comuneros.
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Ejecución contra la heredera cesionaria de los derechos hereditarios de sus hijos
Rechaza por manifiesta falta de fundamento la casación de la ejecutada: el cesionario de derechos hereditarios ocupa la posición del heredero cedente y el beneficio de inventario sí fue reconocido.
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Daño moral transmisible de la huésped que se hundió en la piscina de un hotel
Rechaza ambas casaciones contra la condena a Ícono División Turismo S.A.: el monto del daño moral es cuestión de hecho, y la heredera puede cobrar sin posesión efectiva, que solo se exige para disponer.
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Indemnización pedida por herederos por la ocupación del inmueble del causante
Rechaza las casaciones de los demandantes: no hubo ultra petita al revisar su calidad de herederos, y el recurso de fondo no ataca los hechos fijados, que no acreditan ilícito ni daño.
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Rentas de arriendo del causante: herederos demandan por su cuota a un coheredero
Rechaza las casaciones de los demandantes: el juez debía revisar la legitimación aunque se alegó en la dúplica, y como no se probó ilícito ni daño, un error sobre ella no influye en lo resuelto.
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Tercería de dominio del padre del dueño fallecido de la empresa ejecutada
Acoge la casación en el fondo de la parte demandante: se infringió el artículo 1698 del Código Civil al imponerle probar que el causante no tenía cónyuge, descendencia ni madre viva, carga del tercerista.
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Petición de herencia contra los sucesores de la heredera putativa con posesión efectiva
Rechaza la casación de la demandante: la causante de los demandados, con posesión efectiva, fue heredera putativa y adquirió la herencia por prescripción de cinco años, que favorece a sus sucesores.
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Herencia yacente ejecutada por Banco Santander Chile: nulidad por falta de emplazamiento
Rechaza por improcedente la casación en el fondo de Banco Santander Chile: la resolución que acogió la nulidad por falta de emplazamiento no es sentencia definitiva ni interlocutoria que ponga término al juicio.
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Cobro de mutuos a herederos que no inscribieron la posesión efectiva de la herencia
Rechaza la casación de los herederos demandados: los documentos no objetados se tienen por reconocidos y pedir la posesión efectiva es aceptar la herencia, aunque no se hayan hecho las inscripciones.
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