Tercería de prelación deducida después de adjudicarse el inmueble embargado al ejecutante
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 17-2004 · 8 de junio de 2006
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 17-2004
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechazada casación fondo en relación
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 17-2004 (8 de junio de 2006), rechaza la casación de los ex trabajadores de Olympia Chile S.A., porque la tercería se dedujo cuando el bien ya estaba adjudicado al ejecutante conforme al artículo 499 del Código de Procedimiento Civil.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] Que la tercería de prelación puede interponerse desde que se inicia la ejecución y hasta el momento en que se haga pago al ejecutante.»
Corte Suprema, Rol 17-2004 «[…] Que la tercería de prelación puede interponerse desde que se inicia la ejecución y hasta el momento en que se haga pago al ejecutante.» (Corte Suprema, Rol 17-2004). «[…] Que la tercería de prelación puede interponerse desde que se inicia la ejecución y hasta el momento en que se haga pago al ejecutante.» (Corte Suprema, Rol 17-2004). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/17-2004-del-08-06-2006#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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