Patente de derechos de aguas: la prohibición de celebrar actos y contratos no la suspende
Corte Suprema · Tercera Sala · Rol 26568-2025 · 23 de febrero de 2026
- Tribunal
- Corte Suprema, Tercera Sala
- Rol
- 26568-2025
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casación en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 26568-2025 (23 de febrero de 2026), rechaza la casación del reclamante: el artículo 129 bis 7 del Código de Aguas suspende la patente solo si se ordena paralizar obras, no ante una prohibición de celebrar actos y contratos.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] construcción de obras, cuyo no es el caso de una medida precautoria de prohibición de celebrar actos o contratos, de carácter eminentemente jurídico, como bien señaló la Corte de Apelaciones de Santiago, aplicando correctamente la norma que ahora se alega como vulnerada.»
Corte Suprema, Rol 26568-2025 «[…] construcción de obras, cuyo no es el caso de una medida precautoria de prohibición de celebrar actos o contratos, de carácter eminentemente jurídico, como bien señaló la Corte de Apelaciones de Santiago, aplicando correctamente la norma que ahora se alega como vulnerada.» (Corte Suprema, Rol 26568-2025). «[…] construcción de obras, cuyo no es el caso de una medida precautoria de prohibición de celebrar actos o contratos, de carácter eminentemente jurídico, como bien señaló la Corte de Apelaciones de Santiago, aplicando correctamente la norma que ahora se alega como vulnerada.» (Corte Suprema, Rol 26568-2025). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/26568-2025-del-23-02-2026#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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