Cobro de honorarios del juez árbitro que no los fijó en el laudo
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 4739-2007 · 1 de octubre de 2008
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 4739-2007
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 4739-2007 (1 de octubre de 2008), rechaza la casación de los demandados: el artículo 665 del Código de Procedimiento Civil faculta al árbitro a fijar sus honorarios en el laudo, pero no le impide cobrarlos después por cuerda separada.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] facilidad que ha de ser entendida en cuanto tal, y no a manera de una imposición sujeta a un instante preclusivo. En otras palabras, constituye una disposición que el legislador establece a favor del árbitro, considerando lo propicio que resulta el momento de dictar sentencia para que este juez informe los honorarios que le corresponden, cuya cuantía admite la reclamación que la misma norma prevé.»
Corte Suprema, Rol 4739-2007 «[…] facilidad que ha de ser entendida en cuanto tal, y no a manera de una imposición sujeta a un instante preclusivo. En otras palabras, constituye una disposición que el legislador establece a favor del árbitro, considerando lo propicio que resulta el momento de dictar sentencia para que este juez informe los honorarios que le corresponden, cuya cuantía admite la reclamación que la misma norma prevé.» (Corte Suprema, Rol 4739-2007). «[…] facilidad que ha de ser entendida en cuanto tal, y no a manera de una imposición sujeta a un instante preclusivo. En otras palabras, constituye una disposición que el legislador establece a favor del árbitro, considerando lo propicio que resulta el momento de dictar sentencia para que este juez informe los honorarios que le corresponden, cuya cuantía admite la reclamación que la misma norma prevé.» (Corte Suprema, Rol 4739-2007). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/4739-2007-del-01-10-2008#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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