Artículo 697 del Código de Procedimiento Civil (CPC)
Qué dice el artículo
Art. 697. (859). Cuando el honorario proceda de servicios profesionales prestados en juicio, el acreedor podrá, a su arbitrio, perseguir su estimación y pago con arreglo al procedimiento sumario, o bien interponiendo su reclamación ante el tribunal que haya conocido en la primera instancia del juicio.
En este último caso la petición será substanciada y resuelta en la forma prescrita para los incidentes.
Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 30 de agosto de 1902 · promulgación: 28 de agosto de 1902 · Última modificación: 30 de junio de 2022.
Sentencias destacadas
Actualizado el .
Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
-
Incentivo de abogado del 35% sobre frutos no alcanza lo pagado en una conciliación
Acoge la casación en el fondo del demandado incidental: el 35% pactado se calculaba sobre frutos y la causa terminó en conciliación, por lo que la demanda de $17.500.000 debía rechazarse; desestima la de forma.
-
Prescripción de honorarios de abogados: demanda incidental anulada no la interrumpe
Acoge la casación de la sucesión demandada: anulado lo obrado sobre la demanda incidental de cobro, no hubo interrupción y la excepción de prescripción debió acogerse; dicta sentencia de reemplazo.
-
Cobro de honorarios del abogado en juicio laboral: apelación declarada inadmisible
Rechaza la queja del abogado demandante: interpretar los artículos 470 y 476 del Código del Trabajo para declarar inadmisible su apelación no fue falta o abuso grave, sino labor propia del tribunal.
-
Cobro de honorarios contra Sinep Energía: alcance del 15% pactado y del premio del 25%
Rechaza la casación en el fondo del demandante: busca fijar hechos distintos a los asentados y no denunció los artículos 2117 del Código Civil y 697 del Código de Procedimiento Civil.
-
Cobro incidental de honorarios de abogado ante un juzgado del trabajo
Rechaza la queja del abogado: los jueces concluyeron razonadamente que ninguna norma laboral entrega el cobro de honorarios a los juzgados del trabajo, y esa interpretación no es revisable por queja.
-
Cosa juzgada en reivindicación de lotes sin singularizar en juicios anteriores
Revoca y rechaza la excepción de cosa juzgada, porque sin singularización de lo reivindicado ni decisión de fondo en los juicios previos no hay identidad de cosa pedida; devuelve los autos a primera instancia.
-
Honorarios cobrados a Maquimetal: el juez debía fijarlos ante la petición alternativa
Acoge la casación en el fondo del abogado demandante incidental: se rechazó el cobro sin atender su petición alternativa de que el juez fijara los honorarios conforme al artículo 697 del Código de Procedimiento Civil.
-
Incompetencia del juzgado del trabajo para el cobro incidental de honorarios del abogado
Rechaza la queja del abogado demandante incidental, porque negar la aplicación supletoria del artículo 697 del Código de Procedimiento Civil en sede laboral es interpretación de ley, no falta o abuso grave.
-
Cobro incidental de honorarios del abogado ante el Juzgado de Familia: incompetencia
Rechaza la casación del abogado: el artículo 697 del Código de Procedimiento Civil está en el Libro Tercero y no se aplica supletoriamente en familia, y ninguna ley encomienda esa materia a esos tribunales.
-
Cobro incidental de honorarios rechazado de plano pese a pedir regulación judicial
Anula de oficio lo obrado en el cuaderno de honorarios desde el 7 de junio de 2023, porque la petición alternativa de fijación judicial debía tramitarse como incidente conforme al artículo 697.
Lo que dice la Corte sobre el art. 697 «[…] De lo anterior deviene que la acción de cobro de honorarios por servicios profesionales prestados en juicio, frente a peticiones alternativas, una de las cuales se encuentra claramente sujeta a la hipótesis del artículo 697 del Código de Procedimiento Civil, debió haber sido tramitada en el procedimiento establecido en dicha norma, con citación de la contraria […]»
Cita textual · Corte Suprema, Rol 252606-2023
«[…] De lo anterior deviene que la acción de cobro de honorarios por servicios profesionales prestados en juicio, frente a peticiones alternativas, una de las cuales se encuentra claramente sujeta a la hipótesis del artículo 697 del Código de Procedimiento Civil, debió haber sido tramitada en el procedimiento establecido en dicha norma, con citación de la contraria […]» (Corte Suprema, Rol 252606-2023, 6 de febrero de 2025). «[…] De lo anterior deviene que la acción de cobro de honorarios por servicios profesionales prestados en juicio, frente a peticiones alternativas, una de las cuales se encuentra claramente sujeta a la hipótesis del artículo 697 del Código de Procedimiento Civil, debió haber sido tramitada en el procedimiento establecido en dicha norma, con citación de la contraria […]» (Corte Suprema, Rol 252606-2023, 6 de febrero de 2025). Disponible en: https://folium.cl/ley/codigo-de-procedimiento-civil/articulo-697#corte-5681
Se muestran los 10 más recientes de 55 fallos.
Crea tu cuenta de prueba para leer los fallos completos, su análisis y recibir los nuevos que citen este artículo.
Crear cuenta de prueba