Cobro del saldo de precio por la construcción de una casa: venta o arrendamiento de obra
Corte Suprema · Primera Sala · Rol 6366-2005 · 5 de julio de 2007
- Tribunal
- Corte Suprema, Primera Sala
- Rol
- 6366-2005
- Fecha
- Recurso
- Casación fondo (civil)
- Resultado
- Rechaza casacion en el fondo
Qué decidió
La Corte Suprema, en el Rol 6366-2005 (5 de julio de 2007), rechaza la casación del demandado: sea venta o arrendamiento, la casa se construyó y entregó y no se pagó el saldo de $2.200.000; además, el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil es ordenatorio litis.
Resumen de Folium. Lo que sigue es texto del fallo.
Lo que dice el fallo
«[…] el fallo en alzada ha dejado establecido, como se señala en el motivo segundo, que los actores cumplieron con su obligación contenida en el contrato, pues construyeron y entregaron una casa en buenas condiciones y de acuerdo a las especificaciones técnicas acordadas y que, por su parte, el demandado no acreditó el pago del total del precio acordado por tales obras, hechos que no son susceptibles de modificación ni de revisión por la vía de la casación en el fondo.»
Corte Suprema, Rol 6366-2005 «[…] el fallo en alzada ha dejado establecido, como se señala en el motivo segundo, que los actores cumplieron con su obligación contenida en el contrato, pues construyeron y entregaron una casa en buenas condiciones y de acuerdo a las especificaciones técnicas acordadas y que, por su parte, el demandado no acreditó el pago del total del precio acordado por tales obras, hechos que no son susceptibles de modificación ni de revisión por la vía de la casación en el fondo.» (Corte Suprema, Rol 6366-2005). «[…] el fallo en alzada ha dejado establecido, como se señala en el motivo segundo, que los actores cumplieron con su obligación contenida en el contrato, pues construyeron y entregaron una casa en buenas condiciones y de acuerdo a las especificaciones técnicas acordadas y que, por su parte, el demandado no acreditó el pago del total del precio acordado por tales obras, hechos que no son susceptibles de modificación ni de revisión por la vía de la casación en el fondo.» (Corte Suprema, Rol 6366-2005). Disponible en: https://folium.cl/fallo/corte-suprema/6366-2005-del-05-07-2007#extracto-1
Texto reproducido del fallo y comprobado palabra por palabra contra el documento.
Fuente oficial
Base Jurisprudencial del Poder Judicial
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