Reclamo tributario: liquidación
Tribunal Tributario y Aduanero del Maule · RIT GR-07-00033-2011 · 23 de diciembre de 2011
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Maule
- RIT
- GR-07-00033-2011
- RUC
- 11-9-0000148-9
- Fecha
- Materia
- Liquidación
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
“SERVICIO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS LTDA. con SII- VII DIRECCIÓN REGIONAL TALCA”
RUC 11-9-0000148-9
RIT GR-07-00033-2011
MCOJ
Talca, veintitrés de diciembre de dos mil once.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1°) Que, con fecha 11.08.2011 y según consta desde fojas 32 a 41, don Ronald
Edgardo Guajardo López, abogado, en representación de la sociedad SERVICIO DE
INSTALACIONES ELÉCTRICAS LIMITADA, RUT N° 77.929.950-3, domiciliada para estos efectos
en calle 1 Norte N°931, oficina 601, piso 6, Edificio Portal del Maule, ciudad Talca, interpuso
reclamo tributario en contra de la Liquidación No. 107201000081, de fecha 15.04.2011, emitida
por el Servicio de Impuestos Internos y que rola a fojas 1 y 2.
2°) Que, mediante escrito de fecha 19.12.2011 y que rola a fojas 59, la parte
reclamante, a través de su abogado debidamente facultado para ello, según consta del poder
otorgado por escritura pública que rola a fojas 27 y siguientes, ha solicitado se tenga por desistida
la reclamación de autos.
3°) Que la parte reclamada del Servicio de Impuestos Internos, mediante
presentación de fecha 21.12.2011, se ha allanado en todas sus partes al desistimiento del
reclamo planteado por la reclamante.
Y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 117 y 148 del Código
Tributario y en los artículos 89 y 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
SE RESUELVE:
TÉNGASE POR DESISTIDO el reclamo tributario interpuesto por la sociedad
SERVICIO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS LIMITADA, RUT N° 77.929.950-3, ya
individualizada, en contra de la Liquidación No. 107201000081, de fecha 15.04.2011, emitida por
el Servicio de Impuestos Internos y que rola a fojas 1 y 2.
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada.
Notifíquese a la parte reclamada mediante la publicación de la presente resolución
en el sitio de Internet del Tribunal. Adicionalmente, dese aviso al correo electrónico registrado
para tales efectos por las partes.
Anótese, regístrese y archívese, en su oportunidad.
Proveyó don Hernán Farías Sepúlveda, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII
Región del Maule.
Autoriza doña María Constanza Olivares Jansana, Secretaria Ad Hoc del Tribunal Tributario y
Aduanero de la VII Región del Maule.
En Talca, a de dos mil once, se publicó en el sitio de Internet del Tribunal la
resolución precedente.
En Talca, a de dos mil once, se expidió carta certificada a la parte reclamante
con copia de la resolución precedente, al domicilio designado para estos efectos.
2011-12-23T13:40:17-0300
Hernan Enrique Farias Sepulveda
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.