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Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero del Maule · RIT GR-07-00031-2011 · 22 de septiembre de 2011

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Maule
RIT
GR-07-00031-2011
RUC
11-9-0000149-7
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“MATUS QUINTANILLA, LUIS con SII- VII DIRECCIÓN REGIONAL DEL MAULE” RIT GR-07-00031-2011 RUC 11-9-0000149-7 MCOJ Talca, veintidós de septiembre de dos mil once. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que con fecha 11.08.2011, según consta de fojas 20 a 29, don LUIS HAROLDO BAUDILIO MATUS QUINTANILLA, RUT N° 7.732.887-4, domiciliado para estos efectos en calle 1 Norte N°931, oficina 601, piso 6, Edificio Portal del Maule, ciudad Talca, interpuso reclamo tributario en contra de la Liquidación No. 107201000057, de fecha 15.04.2011, emitida por el Servicio de Impuestos Internos y que rola de fojas 1 a 3. 2°) Que mediante escrito de fecha 12.09.2011, que rola a fojas 34, la parte reclamante, a través de su abogado facultado debidamente para ello, según consta en el poder otorgado por escritura pública que rola a fojas 15 y siguientes, ha solicitado se tenga por desistida la reclamación de autos. 3°) Que la parte reclamada, mediante presentación de fecha 16.09.2011, ha evacuado el traslado conferido manifestando su allanamiento en todas sus partes al desistimiento del reclamo planteado por la reclamante. Y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 117 y 148 del Código Tributario y en los artículos 89 y 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: TÉNGASE POR DESISTIDO el reclamo tributario interpuesto por don LUIS HAROLDO BAUDILIO MATUS QUINTANILLA, RUT N° 7.732.887-4, ya individualizado, en contra de la Liquidación No. 107201000057, de fecha 15.04.2011, emitida por el Servicio de Impuestos Internos y que rola de fojas 1 a 3. Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada. Notifíquese a la parte reclamada mediante la publicación de la presente resolución en el sitio de Internet del Tribunal. Adicionalmente, dese aviso al correo electrónico registrado para tales efectos por las partes. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Proveyó don Hernán Farías Sepúlveda, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. Autoriza don Víctor Hugo Aedo Lara, Secretario Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. En Talca, a de dos mil once, se publicó en el sitio de Internet del Tribunal la resolución precedente. En Talca, a de dos mil once, se expidió carta certificada a la parte reclamante con copia de la resolución precedente, al domicilio designado para estos efectos. 2011-09-22T13:45:37-0300 Hernan Enrique Farias Sepulveda

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.