Reclamo tributario: liquidación
Tribunal Tributario y Aduanero del Maule · RIT GR-07-00031-2011 · 22 de septiembre de 2011
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Maule
- RIT
- GR-07-00031-2011
- RUC
- 11-9-0000149-7
- Fecha
- Materia
- Liquidación
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
“MATUS QUINTANILLA, LUIS con SII- VII DIRECCIÓN REGIONAL DEL MAULE”
RIT GR-07-00031-2011
RUC 11-9-0000149-7
MCOJ
Talca, veintidós de septiembre de dos mil once.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1°) Que con fecha 11.08.2011, según consta de fojas 20 a 29, don LUIS HAROLDO
BAUDILIO MATUS QUINTANILLA, RUT N° 7.732.887-4, domiciliado para estos efectos en calle 1
Norte N°931, oficina 601, piso 6, Edificio Portal del Maule, ciudad Talca, interpuso reclamo
tributario en contra de la Liquidación No. 107201000057, de fecha 15.04.2011, emitida por el
Servicio de Impuestos Internos y que rola de fojas 1 a 3.
2°) Que mediante escrito de fecha 12.09.2011, que rola a fojas 34, la parte
reclamante, a través de su abogado facultado debidamente para ello, según consta en el poder
otorgado por escritura pública que rola a fojas 15 y siguientes, ha solicitado se tenga por desistida
la reclamación de autos.
3°) Que la parte reclamada, mediante presentación de fecha 16.09.2011, ha
evacuado el traslado conferido manifestando su allanamiento en todas sus partes al desistimiento
del reclamo planteado por la reclamante.
Y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 117 y 148 del Código
Tributario y en los artículos 89 y 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
SE RESUELVE:
TÉNGASE POR DESISTIDO el reclamo tributario interpuesto por don LUIS
HAROLDO BAUDILIO MATUS QUINTANILLA, RUT N° 7.732.887-4, ya individualizado, en
contra de la Liquidación No. 107201000057, de fecha 15.04.2011, emitida por el Servicio de
Impuestos Internos y que rola de fojas 1 a 3.
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada.
Notifíquese a la parte reclamada mediante la publicación de la presente resolución
en el sitio de Internet del Tribunal. Adicionalmente, dese aviso al correo electrónico registrado
para tales efectos por las partes.
Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad.
Proveyó don Hernán Farías Sepúlveda, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII
Región del Maule.
Autoriza don Víctor Hugo Aedo Lara, Secretario Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII
Región del Maule.
En Talca, a de dos mil once, se publicó en el sitio de Internet del Tribunal la
resolución precedente.
En Talca, a de dos mil once, se expidió carta certificada a la parte reclamante
con copia de la resolución precedente, al domicilio designado para estos efectos.
2011-09-22T13:45:37-0300
Hernan Enrique Farias Sepulveda
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.