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Folium

Reclamo tributario: liquidación

Tribunal Tributario y Aduanero del Maule · RIT GR-07-00022-2012 · 6 de julio de 2012

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Maule
RIT
GR-07-00022-2012
RUC
12-9-0000166-3
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“OBRADOR ROUSSEAU, HUGO con SII-DIRECCIÓN REGIONAL DEL MAULE” RUC 12-9-0000166-3 RIT GR-07-00022-2012 ML Talca, seis de julio de dos mil doce. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que con fecha 10.05.2012, según consta desde fojas 40 a 45, don Ronald Guajardo López, abogado, y doña Ana María Retamal Escobar, egresada de derecho, ambos en representación de don HUGO RAÚL HILARIO OBRADO ROUSSEAU, RUT N° 2.370.130-8, todos domiciliados, para estos efectos, en calle 1 Norte N° 931, oficina 601, Edificio Portal Maule, de la ciudad de Talca, interpusieron reclamo tributario en contra de la Liquidación No. 17201000012, de fecha 25.01.2012, emitida por el Servicio de Impuestos Internos y cuya copia rola a fojas 1 y siguiente. 2°) Que a través del escrito de fecha 29.06.2012, que rola a fojas 54, la parte reclamante, a través de sus representantes facultados debidamente para ello, según consta del mandato judicial que rola a fojas 36 y siguientes, ha solicitado se tenga por desistida la reclamación de autos. 3°) Que la parte reclamada del Servicio de Impuestos Internos, en su escrito de fecha 04.07.2012, que rola a fojas 56, se allanó en todas sus partes al desistimiento del reclamo presentado por la contraparte. Y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 117 y 148 del Código Tributario y en los artículos 89 y 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: TÉNGASE POR DESISTIDO a don HUGO RAÚL HILARIO OBRADO ROUSSEAU, RUT N° 2.370.130-8, ya individualizado, del reclamo tributario interpuesto en contra de la Liquidación No. 17201000012, de fecha 25.01.2012, emitida por el Servicio de Impuestos Internos. Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada. Notifíquese a la parte reclamada mediante la publicación de la presente resolución en el sitio de Internet del Tribunal. Adicionalmente, dese aviso al correo electrónico registrado para tales efectos por las partes. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Proveyó don Hernán Farías Sepúlveda, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. Autoriza don Víctor Hugo Aedo Lara, Secretario Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. En Talca, a , se publicó en el sitio de Internet del Tribunal la resolución precedente. 2012-07-06T13:27:45-0400 Hernan Enrique Farias Sepulveda

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.