Reclamo de avalúo: tasación general bien raíz no agrícola
Tribunal Tributario y Aduanero del Maule · RIT AB-07-00039-2013 · 17 de julio de 2014
- Tribunal
- Tribunal Tributario y Aduanero del Maule
- RIT
- AB-07-00039-2013
- RUC
- 13-9-0000822-2
- Fecha
- Materia
- Tasación general bien raíz no agrícola
- Servicio
- Servicio de Impuestos Internos
- Resultado
- Desistimiento
Normas que aplica
Texto de la sentencia
“WILSON ALVEAR, CÉSAR PERPETUO con SII-DIRECCIÓN REGIONAL TALCA”
RUC 13-9-0000822-2
RIT AB-07-00039-2013
MCOJ
Talca, diecisiete de julio de dos mil catorce.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1°) Que, con fecha 31.05.2013, según consta a fojas 5 y siguiente, don CÉSAR
PERPETUO MARIO WILSON ALVEAR, RUT N° 5.271.917-8, profesor, domiciliado en Palmas
de Mallorca N° 287, comuna de La Reina, Santiago, interpuso reclamo tributario en contra del
reavalúo asignado al bien raíz no agrícola, no habitacional, ubicado en calle 2 Sur N° 1264, Rol
de Avalúo N° 628-20, de la comuna de Talca, determinado por el Servicio de Impuestos
Internos.
2°) Que, a través del escrito de fecha 10.07.2014, que rola a fojas 30, la parte
reclamante ha solicitado se tenga por desistida la reclamación de autos.
3°) Que la parte reclamada, en su escrito de fecha 15.07.2014, que rola a fojas
32, se ha allanado en todas sus partes al desistimiento del reclamo planteado por la reclamante.
Y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 117 y 148 del Código
Tributario, en relación con el artículo 151 del mismo texto legal y en los artículos 89 y 148 y
siguientes del Código de Procedimiento Civil.
SE DECLARA:
TÉNGASE POR DESISTIDO el reclamo tributario interpuesto por don CÉSAR
PERPETUO MARIO WILSON ALVEAR, RUT No. 5.271.917-8, ya individualizado, en contra del
reavalúo asignado al bien raíz no agrícola, no habitacional, ubicado en calle 2 Sur N° 1264, Rol
de Avalúo N° 628-20, de la comuna de Talca, determinado por el Servicio de Impuestos
Internos.
Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Hernan Enrique Farias Sepulveda, el 17-07-2014.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
1d49ffcb-ac0f-44df-8410-4949f6e0a9dd
Timbre Electrónico
Notifíquese a la parte reclamada mediante la publicación de la presente
resolución en el sitio de Internet del Tribunal. Adicionalmente, dese aviso a la dirección de
correo electrónico registrada para tales efectos por las partes.
Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.
Dictada por don Hernán Farías Sepúlveda, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la
VII Región del Maule.
Autoriza don Víctor Hugo Aedo Lara, Secretario Abogado Titular del Tribunal Tributario y
Aduanero de la VII Región del Maule.
En Talca, a , se publicó en el sitio de Internet del Tribunal la resolución
precedente.
Hernan Enrique Farias Sepulveda
Incorpora Firma Electrónica
Avanzada
Juez Tribunal del Maule
Documento firmado electrónicamente por don/ña Hernan Enrique Farias Sepulveda, el 17-07-2014.
Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación
1d49ffcb-ac0f-44df-8410-4949f6e0a9dd
Timbre Electrónico
2014-07-17T11:13:21-0400
ATTA
SACTA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.