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Reclamo de avalúo: tasación general bien raíz no agrícola

Tribunal Tributario y Aduanero del Maule · RIT AB-07-00039-2013 · 17 de julio de 2014

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Maule
RIT
AB-07-00039-2013
RUC
13-9-0000822-2
Fecha
Materia
Tasación general bien raíz no agrícola
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“WILSON ALVEAR, CÉSAR PERPETUO con SII-DIRECCIÓN REGIONAL TALCA” RUC 13-9-0000822-2 RIT AB-07-00039-2013 MCOJ Talca, diecisiete de julio de dos mil catorce. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que, con fecha 31.05.2013, según consta a fojas 5 y siguiente, don CÉSAR PERPETUO MARIO WILSON ALVEAR, RUT N° 5.271.917-8, profesor, domiciliado en Palmas de Mallorca N° 287, comuna de La Reina, Santiago, interpuso reclamo tributario en contra del reavalúo asignado al bien raíz no agrícola, no habitacional, ubicado en calle 2 Sur N° 1264, Rol de Avalúo N° 628-20, de la comuna de Talca, determinado por el Servicio de Impuestos Internos. 2°) Que, a través del escrito de fecha 10.07.2014, que rola a fojas 30, la parte reclamante ha solicitado se tenga por desistida la reclamación de autos. 3°) Que la parte reclamada, en su escrito de fecha 15.07.2014, que rola a fojas 32, se ha allanado en todas sus partes al desistimiento del reclamo planteado por la reclamante. Y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 117 y 148 del Código Tributario, en relación con el artículo 151 del mismo texto legal y en los artículos 89 y 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. SE DECLARA: TÉNGASE POR DESISTIDO el reclamo tributario interpuesto por don CÉSAR PERPETUO MARIO WILSON ALVEAR, RUT No. 5.271.917-8, ya individualizado, en contra del reavalúo asignado al bien raíz no agrícola, no habitacional, ubicado en calle 2 Sur N° 1264, Rol de Avalúo N° 628-20, de la comuna de Talca, determinado por el Servicio de Impuestos Internos. Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada. Documento firmado electrónicamente por don/ña Hernan Enrique Farias Sepulveda, el 17-07-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 1d49ffcb-ac0f-44df-8410-4949f6e0a9dd Timbre Electrónico Notifíquese a la parte reclamada mediante la publicación de la presente resolución en el sitio de Internet del Tribunal. Adicionalmente, dese aviso a la dirección de correo electrónico registrada para tales efectos por las partes. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Hernán Farías Sepúlveda, Juez Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. Autoriza don Víctor Hugo Aedo Lara, Secretario Abogado Titular del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. En Talca, a , se publicó en el sitio de Internet del Tribunal la resolución precedente. Hernan Enrique Farias Sepulveda Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal del Maule Documento firmado electrónicamente por don/ña Hernan Enrique Farias Sepulveda, el 17-07-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación 1d49ffcb-ac0f-44df-8410-4949f6e0a9dd Timbre Electrónico 2014-07-17T11:13:21-0400 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.