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Reclamo tributario: giro

Tribunal Tributario y Aduanero del Maule · RIT GR-07-00001-2014 · 30 de enero de 2014

Tribunal
Tribunal Tributario y Aduanero del Maule
RIT
GR-07-00001-2014
RUC
14-9-0000007-4
Fecha
Materia
Giro
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“MOSTOS DEL PACÍFICO S.A. con SII- VII DIRECCIÓN REGIONAL TALCA” RUC 14-9-0000007-4 RIT GR-07-00001-2014 ML Talca, treinta de enero de dos mil catorce. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que con fecha 02.01.2014, según consta a fojas 36 y siguientes, don Rony Acosta Yáñez, Abogado, RUT N° 10.084.534-2, en representación convencional de MOSTOS DEL PACÍFICO S.A., RUT N° 99.593.170-9, sociedad del giro de elaboración de mostos, ambos domiciliados en Longitudinal Sur S/N°, comuna de Sagrada Familia, Curicó, interpuso reclamo tributario en contra del Giro N° 38601, de fecha 10.09.2013, emitido por la VII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. 2°) Que en Lo Principal del escrito de fecha 17.01.2014, que rola a fojas 71, don Manuel González-Calatayud Díaz, Cédula de Identidad para Extranjeros N° 24.011.172-1, en representación de la parte reclamante y asistido por su abogado designado en el Tercer Otrosí de la misma presentación, ha solicitado se tenga por desistida la reclamación de autos. 3°) Que la parte reclamada del Servicio de Impuestos Internos, en Lo Principal de su escrito de fecha 24.01.2014, que rola a fojas 74, manifiesta que no se opondrá al desistimiento del reclamo solicitado por la reclamante. Y considerando, además, lo dispuesto en los artículos 117 y 148 del Código Tributario y en los artículos 89 y 148 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: TÉNGASE POR DESISTIDO el reclamo tributario interpuesto por MOSTOS DEL PACÍFICO S.A., RUT N° 99.593.170-9, sociedad del giro de elaboración de mostos, ya individualizada, en contra del Giro N° 38601, de fecha 10.09.2013, emitido por la VII Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos. Notifíquese a la parte reclamante por carta certificada. Notifíquese a la parte reclamada mediante la publicación de la presente resolución en el sitio de Internet del Tribunal. Adicionalmente, dese aviso al correo electrónico registrado para tales efectos por las partes. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Dictado por don Víctor Hugo Aedo Lara, Juez Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. Autoriza doña Marlene Leyton González, Secretaria Abogado Subrogante del Tribunal Tributario y Aduanero de la VII Región del Maule. En Talca, a , se publicó en el sitio de Internet del Tribunal la resolución precedente. 2014-01-30T17:03:42-0300 VICTOR HUGO AEDO LARA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.