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Reclamo tributario: resolución

Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-15-00036-2013 · 3 de mayo de 2013

Tribunal
Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-15-00036-2013
RUC
13-9-0000174-0
Fecha
Materia
Resolución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“Sociedad Jaime Colomer Ingeniería Química Ltda. con SII, Dirección Regional Santiago Centro” RIT GR-15-00036-2013 RUC N°: 13-9-0000174-0 LAPM/jar Santiago, tres de mayo de dos mil trece. Proveyendo escrito de la reclamada: Téngase por cumplido lo ordenado a fs. 197 y, RESOLVIENDO DERECHAMENTE EL INCIDENTE DE DESISTIMIENTO INTERPUESTO POR LA RECLAMANTE: AUTOS PARA FALLO. A LO PRINCIPAL: VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 05 de marzo de 2013, don ANDRÉS MARTÍN COLOMER BOLIVAR, cédula nacional de identidad número 9.124.201-K, empresario, en representación de la SOCIEDAD JAIME COLOMER INGENIERÍA QUÍMICA LIMITADA, RUT 84.246.200-2, ambos domiciliados en Avenida Perú N° 845, piso 7, Comuna de Recoleta, Región Metropolitana, deduce en lo principal de su escrito, reclamación en contra de la Resolución Ex. N° 213000000190 de fecha 19 de noviembre de 2012 y contra la Resolución N° 122 de fecha 25 de febrero de 2013, ambas emitidas por la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos. SEGUNDO: Que, a fs. 94 se dio traslado del reclamo tributario anteriormente señalado, a la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, previniendo éste Tribunal a la reclamante que respecto a la Resolución Ex. N° 122 (RAF) de fecha 25.02.2013, no es objeto de reclamación ante este sede jurisdiccional, en atención a lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario. TERCERO: Que, con fecha 08 de abril del año en curso, el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (Dirección Regional Santiago Centro), debidamente representando por su Director Regional, don BERNARDO SEAMAN GONZALEZ, y con facultades suficientes, contestó el traslado conferido en estos autos. CUARTO: Que, a fs. 190 don CRISTÓBAL POTTER KUNSTMANN, abogado, en representación de la reclamante presentó, en tiempo y forma, desistimiento del reclamo interpuesto con 05 de marzo de 2013. No obstante, el tribunal previo a proveer, ordenó que compareciera el representante legal de la sociedad con la finalidad que ratificará lo obrado por su abogado. A esto último, se dio cumplimiento a fs. 193. QUINTO: Que, con fecha 29 de abril de 2013, el SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, debidamente representando por doña VIRGINIA SAN JUAN UBILLA, y con facultades suficientes, contestó el traslado conferido, allanándose al desistimiento presentado. SEXTO: Que, del desistimiento tratan los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a los procedimientos tributarios por disposición de los artículos 2 y 148 del Código Tributario. SÉPTIMO: Que del claro tenor literal de las presentaciones antes singularizadas se desprende la intención inequívoca de no perseverar en la reclamación tributaria que dio inicio a este proceso, manifestación de voluntad que es compartida por parte del Servicio de Impuestos Internos y cuya actuación administrativa es objeto de revisión en esta sede jurisdiccional. Que, por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 2 y 148 del Código Tributario y artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: SE ACEPTA EL DESISTIMIENTO PRESENTADO POR EL RECLAMANTE. Atendido el mérito de autos, se omite condenar en costas a las partes. ANÓTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. Notifíquese la presente resolución por la publicación de su texto íntegro en el sitio de internet del Tribunal. Dese aviso a los siguientes correos electrónicos: [email protected], [email protected] y [email protected]. Déjese testimonio en el expediente. Proveyó don LUIS ALFONSO PÉREZ MANRÍQUEZ, Juez Titular del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza don FELIPE MUÑOZ ALBÓNICO, Secretario Titular del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. 2013-05-03T12:57:50-0400 LUIS ALFONSO PEREZ MANRIQUEZ

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.