Saltar al contenido
Folium

Reclamo tributario: resolución

Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-15-00138-2014 · 1 de agosto de 2014

Tribunal
Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-15-00138-2014
RUC
14-9-0001118-1
Fecha
Materia
Resolución
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“VICHERAT Y PRADENAS LTDA. con SII, DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO” RIT: GR-15-00138-2014 RUC: 14-9-0001118-1 LPM/eci Santiago, uno de agosto de dos mil catorce. Proveyendo la presentación de la parte reclamada de fojas 145, de fecha 31 julio de 2014, se resuelve: A LO PRINCIPAL: Téngase por evacuado el traslado dentro del término legal. PRIMER OTROSÍ: Como se pide. SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente y por acompañado el documento. TERCER OTROSÍ: Téngase presente. Por tanto, RESOLVIENDO DERECHAMENTE EL INCIDENTE SOBRE DESISTIMIENTO INTERPUESTO POR LA RECLAMANTE, CONFORME PRESENTACIÓN DE FS. 142: AUTOS PARA FALLO. A LO PRINCIPAL: VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, por ejercicio del derecho de opción contemplado en la Ley 20.752, con fecha 02 de julio de 2014 se tuvo por interpuesto el reclamo tributario de don CHRISTIAN WALTER VICHERAT HOFFA, cédula nacional de identidad número 13.273.246-9, ingeniero comercial, en representación de la sociedad VICHERAT Y PRADENAS LIMITADA, RUT 79.606.430-6, ambos domiciliados en calle Manuel Rodríguez N° 828, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, en contra de la Resolución Ex. N° 213000000169 de fecha 19 de noviembre de 2012, emitida por la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos. SEGUNDO: Que, a fs. 142 la parte reclamante presenta escrito desistiéndose de la reclamación tributaria interpuesta en contra de la Resolución Ex. individualizada en el considerando que antecede, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 148 del Código Tributario en relación al artículo 148 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Que, a fojas 143 se dio traslado del desistimiento anteriormente señalado, a la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos, el que con fecha 31 de julio de 2014 evacua el traslado conferido, allanándose al desistimiento Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 01-08-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación dc8e8c1d-292c-42bf-bfa4-a198d3a16851 Timbre Electrónico presentado al manifestar que el desistimiento corresponde a una decisión voluntaria de la reclamante. CUARTO: Que, del desistimiento tratan los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a los procedimientos tributarios por disposición de los artículos 2° y 148 del Código Tributario. QUINTO: Que del claro tenor literal de las presentaciones antes singularizadas, se desprende la intención inequívoca de la actora de no perseverar en la reclamación tributaria que dio inicio a este proceso, manifestación de voluntad que es compartida por parte del Servicio de Impuestos Internos y cuya actuación administrativa es objeto de revisión en esta sede jurisdiccional. Que, por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 2° y 148 del Código Tributario y artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: I. SE ACEPTA EL DESISTIMIENTO PRESENTADO POR LA RECLAMANTE a fs. 142. II. Atendido el mérito de autos, se omite condenar en costas a las partes. ANÓTESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. AL SEGUNDO Y TERCER OTROSI: Como se pide. Notifíquese la presente resolución a la parte reclamante, por carta certificada, y publíquese en forma íntegra en el sitio de Internet de este Tribunal, www.tta.cl, de conformidad a lo establecido en el artículo 131 bis del Código Tributario. Asimismo, dese aviso a los correos electrónicos [email protected], [email protected], [email protected], [email protected], [email protected] y [email protected]. Déjese testimonio en el expediente. Proveyó don LUIS ALFONSO PÉREZ MANRÍQUEZ, Juez Titular del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza don CLAUDIO ALBORNOZ VENEGAS, Secretario (S) del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Luis Alfonso Pérez Manríquez Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Primero Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 01-08-2014. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación dc8e8c1d-292c-42bf-bfa4-a198d3a16851 Timbre Electrónico mailto:[email protected] mailto:[email protected] mailto:[email protected] mailto:[email protected] 2014-08-01T14:23:28-0400 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.