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Reclamo tributario: liquidación

Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana · RIT GR-15-00088-2015 · 24 de septiembre de 2015

Tribunal
Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana
RIT
GR-15-00088-2015
RUC
15-9-0000848-9
Fecha
Materia
Liquidación
Servicio
Servicio de Impuestos Internos
Resultado
Desistimiento

Normas que aplica

Texto de la sentencia

“B O PACKAGING S A con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE” RIT: GR-15-00088-2015. RUC: 15-9-0000848-9. Santiago, treinta y uno de enero de dos mil diecisiete. Proveyendo escrito presentado por el Servicio de Impuestos Internos de fecha 27 de enero de dos mil diecisiete, se RESUELVE: Téngase por evacuado en tiempo y forma el traslado conferido. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 00 de julio de 2015, rolante a fojas 01 y siguientes, don Diego García Pujol, R.U.T Nº 8.449.017-2, abogado, domiciliado en avenida Costanera Sur N° 2730, piso 10, comuna de Las Condes, ciudad Santiago, deduce en lo Principal de su escrito, reclamación en contra de la Resolución N° 381 /(129) y Liquidación N°100 ambas del año 2015, emitido por el Servicio de Impuestos Internos Dirección Regional Metropolitana Santiago Norte, a fin que se deje sin efecto, por no corresponder su aplicación. SEGUNDO: Que con fecha 09 de junio de 2016, rolante a fojas 124, consta resolución emitida por este Tribunal, la cual confirió el traslado en cuanto a lo solicitado a lo principal del escrito de presentación de fecha 30 de julio de 2015 en relación a las pretensiones de la reclamante las cuales interponen reclamo en contra de los actos administrativos individualizados y pretende la suspensión de los procedimientos descritos. TERCERO: Que con fecha 04 de julio de 2016, rolante a fojas 127 y siguientes, el Servicio de Impuestos Internos, evacua el traslado conferido en tiempo y forma de conformidad con lo dispuesto en los artículos 117, inciso 2º y 132, inciso 1º, ambos del Código Tributario, solicitando se rechace el reclamo Tributario en Procedimiento General de Reclamaciones interpuesto por don Diego García Pujol, R.U.T Nº 8.449.017-2, en contra de la Resolución Exenta N° 381 de fecha 07 de abril de 2015 y la Liquidación N° 100 de fecha 13 de abril de 2015, actos emitidos por el Servicio de Impuestos Internos, todo ello con expresa condenación en costas. 1 Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 31-01-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación fdd53117-57f4-43ee-884a-c1ccb7c4fff6 Timbre Electrónico CUARTO: Que, a fs. 203 y con fecha 13 de enero del año 2017 este Tribunal atendido el mérito de autos y al considerar que existían hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, recibió la causa a prueba, determinando los siguientes puntos de prueba: 1.- Acredítese la correcta deducción como gasto tributario del concepto de “Perdida de ejercicios anteriores”, declarada por la reclamante en el año tributario 2012. Hechos, antecedentes y circunstancias que lo prueban. 2. Acredítese el cumplimiento de los requisitos para acceder al crédito por capacitación en el año tributario 2012. QUINTO: Que con fecha 26 de enero de 2016, rolante a fojas 206, don Matías Ramírez Torrealba, abogado por la reclamante, describe que en virtud de un nuevo estudio de los antecedentes del caso, el reclamo caratulado “B.O PACKAGING S.A con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE”, RIT: GR-15-00088-2018, RUC: 15-9-0000848-9, quede sin efecto y desistido por la sociedad reclamante. SEXTO: Que con fecha 27 de enero de 2017, rolante a fojas 207 del expediente, este Tribunal, confiere Traslado al Servicio de Impuestos Internos, exponga lo que estime pertinente en relación a la solicitud de desistimiento indicada. SEPTIMO: Que con fecha 27 de enero de 2017, rolante a fojas 216, consta el traslado conferido al Servicio de Impuestos Internos, manifestando que, el SII se allana expresamente a lo requerido por el reclamante, solicitando que se proceda en conformidad a derecho y en mérito de los antecedentes de autos, en razón a lo expresado anteriormente resulta procedente según el Servicio de Impuestos Internos poner Fin al Procedimiento de reclamación Interpuesto por la reclamante ante el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. OCTAVO: Que del desistimiento tratan los artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a los procedimientos tributarios por disposición de los artículos 2 y 148 del Código Tributario. NOVENO: Que, del tenor literal de las presentaciones antes individualizadas se desprende la intención inequívoca de la contribuyente de no perseverar en la reclamación tributaria que dio inicio a este proceso, manifestación de voluntad a la cual no se opone el Servicio cuya actuación administrativa es objeto de revisión en esta sede jurisdiccional. Por estas consideraciones de hecho y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 2 y 148 del Código Tributario y artículos 148 a 151 del Código de Procedimiento Civil. SE RESUELVE: 2 Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 31-01-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación fdd53117-57f4-43ee-884a-c1ccb7c4fff6 Timbre Electrónico Se acepta el desistimiento presentado y se tiene en consecuencia por desistido a la parte reclamante, ya individualizada, del reclamo tributario que dio inicio a este proceso. Atendido el mérito de autos, se omite condenar en costas a las partes. Notifíquese la presente resolución a la reclamante por carta certificada y a la reclamada mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio de internet del Tribunal. Asimismo, dese aviso a las direcciones de correo electrónico registradas en este proceso. Déjese testimonio en el expediente y en el sitio web. Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad. Pronunciada por don LUIS ALFONSO PÉREZ MANRÍQUEZ, Juez Titular del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. Autoriza don JAVIER ALARCÓN ROJAS, Secretario Subrogante del Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana. “B O PACKAGING S A con DIRECCIÓN REGIONAL METROPOLITANA SANTIAGO NORTE” RIT: GR-15-00088-2015. RUC: 15-9-0000848-9. 3 Luis Alfonso Pérez Manríquez Incorpora Firma Electrónica Avanzada Juez Tribunal R. Metropolitana. Primero Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 31-01-2017. Verifique este documento en www.tta.cl, con el siguiente código de verificación fdd53117-57f4-43ee-884a-c1ccb7c4fff6 Timbre Electrónico 2017-01-31T10:15:55-0300 ATTA SACTA

Texto íntegro, como lo publica el tribunal.