Texto de la sentencia
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“FERNANDO JAVIER SARIEGO EGNEM con SII, DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE”
RIT: AB-15-00052-2018
RUC:18-9-0000451-2
Santiago, siete de febrero de dos mil diecinueve
VISTOS Y CONSIDERANDO:
PRIMERO. Que con fecha 25 de junio de 2018, rolante a fojas 01 y siguientes, don
Mario Rodrigo Ugalde Prieto en representación Judicial de don FERNANDO JAVIER
SARIEGO EGNEM, Cédula Nacional de Identidad N°13.906.351-1, domiciliado para
estos efectos en calle Ahumada N°131, oficina 808, Comuna y Ciudad de Santiago,
deduce reclamo Tributario en contra de la Resolución Exenta SII N°
A15.2018.00085623, de fecha 27 de abril de 2018, emitida por el Departamento
Regional de Avaluaciones, Dirección Regional Santiago Oriente del Servicio de
Impuestos Internos.
SEGUNDO. Que con fecha 28 de junio de 2018, este Tribunal resolvió dar Traslado
al Servicio en cuanto a lo solicitado por la reclamante, por el término de 20 días, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 del Código Tributario.
TERCERO. Que con fecha 03 de julio de 2018, rolante a fojas 38 del expediente y,
según lo dispuesto en el artículo 117 del Código Tributario, el Servicio de Impuestos
Internos asume la representación en autos.
CUARTO. Que con fecha 05 de julio de 2018, rolante a fojas 43 del expediente
consta la suspensión de cobro otorgada por esta Judicatura correspondiente a la
cuota suplementaria N°9-2018 respecto del Inmueble de Calle Camino Gran Vista
N°11851, casa 20, Comuna de Las Condes
QUINTO. Que con fecha 26 de septiembre de 2018, rolante a fojas 66 consta
resolución en la cual se le otorga la suspensión de la cuta Año 3-2018 y de las
sucesivas cuotas que se pretendan cobrar hasta la dictación de la Sentencia
Definitiva, oficiándose con la misma fecha antes señalada a Tesoreria Provincial de
las Condes
Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 07-02-2019.
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SEXTO. Que con fecha 21 de enero de 2019, rolante a fojas 88 del expediente
consta citación a audiencia de conciliación en los términos del artículo 2° N°8 letra
a) de la Ley 21.039, fijándose dicha audiencia para el día 28 de marzo de 2019 a
las 10.30 en las dependencias de esta Judicatura.
SÉPTIMO. Que con fecha 06 de febrero de 2019, rolante a fojas 90, consta escrito
de desistimiento presentado por la reclamante. A su vez se tuvo por acompañado
Resolución Ex.SII N° A15.2018.00126447 de fecha 04 de octubre de 2018.
OCTAVO. Que con fecha 06 de febrero del año en curso, este Tribunal confirió
Traslado del Desistimiento al Servicio de Impuestos Internos por tres días.
NOVENO. Que con fecha 07 de febrero de 2019, el Servicio de Impuestos Internos,
presenta escrito en el cual evacua el Traslado manifestando que este Tribunal
resuelva lo que en derecho corresponda en cuanto al desistimiento promovido por
la reclamante.
Que, con la misma fecha señalada precedentemente, este Tribunal mediante
resolución tuvo por evacuado el Traslado del desistimiento por parte del Servicio.
DÉCIMO. Que del desistimiento tratan los artículos 148 a 151 del Código de
Procedimiento Civil, aplicables a los procedimientos tributarios por disposición de
los artículos 2 y 148 del Código Tributario.
DÉCIMO PRIMERO: Que, del tenor literal de las presentaciones antes
individualizadas se desprende la intención inequívoca de la contribuyente de no
perseverar en la reclamación tributaria que dio inicio a este proceso, manifestación
de voluntad a la cual se allana el Servicio cuya actuación administrativa es objeto
de revisión en esta sede jurisdiccional.
Por estas consideraciones de hecho y de conformidad, además, con lo dispuesto
en los artículos 2 y 148 del Código Tributario y artículos 148 a 151 del Código de
Procedimiento Civil.
SE RESUELVE:
Se acepta el DESISTIMIENTO presentado y se tiene en consecuencia POR
DESISTIDO a la parte reclamante, ya individualizada, del reclamo tributario que dio
inicio a este proceso.
Atendido el mérito de autos, se omite condenar en costas a las partes.
Notifíquese la presente resolución a la reclamante por carta certificada y a la
reclamada mediante la publicación de su texto íntegro en el sitio de internet del
Tribunal. Asimismo, dese aviso a las direcciones de correo electrónico registradas
en este proceso. Déjese testimonio en el expediente y en el sitio web.
Documento firmado electrónicamente por don/ña Luis Alfonso Pérez Manríquez, el 07-02-2019.
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Anótese, regístrese y archívese en su oportunidad.
Proveyó don LUIS ALFONSO PÉREZ MANRÍQUEZ, Juez Titular del Primer
Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
Autoriza don FELIPE MUÑOZ ALBÓNICO, Secretario Titular del Primer Tribunal
Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana.
“FERNANDO JAVIER SARIEGO EGNEM con SII, DIRECCIÓN REGIONAL
METROPOLITANA SANTIAGO ORIENTE”
RIT: AB-15-00052-2018
RUC:18-9-0000451-2
Luis Alfonso Pérez Manríquez
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Avanzada
Juez Tribunal R. Metropolitana. Primero
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2019-02-07T13:14:42-0300
FEA
Texto íntegro, como lo publica el tribunal.