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Artículo 133 del Código Civil

Cómo lo aplica la Corte Suprema: 30 fallos lo citan.

Qué dice el artículo

Art. 133. Ambos cónyuges tienen el derecho y el deber L. 18.802 de vivir en el hogar común, salvo que a alguno de ellos le Art. 1º, Nº 7 asista razones graves para no hacerlo.

Texto oficial vigente, según la Biblioteca del Congreso Nacional.

Fallos que lo aplican

Se muestran 20 de 30 fallos, los más relevantes primero.

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