Artículo 25 sexies de la Ley 19.300 (Bases del Medio Ambiente)
Qué dice el artículo
Artículo 25 sexies.- Cuando una resolución de calificación ambiental sea modificada por una o más resoluciones, el Servicio de oficio o a petición del proponente, podrá establecer el texto refundido, coordinado y sistematizado de dicha resolución. En ejercicio de esta facultad, podrá introducirle los cambios de forma que sean indispensables, sin alterar, en caso alguno, su verdadero sentido y alcance.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 9 de marzo de 1994 · promulgación: 1 de marzo de 1994 · Última modificación: 10 de abril de 2024.
Jurisprudencia
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