Artículo 25 bis de la Ley 19.300 (Bases del Medio Ambiente)
Qué dice el artículo
Artículo 25 bis.- Las Direcciones de Obras Municipales no podrán otorgar la recepción definitiva si los proyectos o actividades a los que se refiere el artículo 10 no acreditan haber obtenido una resolución de calificación ambiental favorable.
Texto oficial vigente al , según la Biblioteca del Congreso Nacional · Publicación en el Diario Oficial: 9 de marzo de 1994 · promulgación: 1 de marzo de 1994 · Última modificación: 10 de abril de 2024.
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Así lo ha aplicado recientemente la Corte Suprema.
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- Art. 10 · Ley 19.300 (Bases del Medio Ambiente)
- Art. 11 · Ley 19.300 (Bases del Medio Ambiente)
- Art. 8 · Ley 19.300 (Bases del Medio Ambiente)
- Art. 151 · Ley 18.695 (LOC de Municipalidades)
- Art. 9 ter · Ley 19.300 (Bases del Medio Ambiente)
- Art. 29 · Ley 19.300 (Bases del Medio Ambiente)
- Art. 20 · Ley 19.300 (Bases del Medio Ambiente)
- Art. 118 · Constitución Política de la República