Saltar al contenido
Folium

Contraloría General de la República · N° 067044N11

Dictamen N° 67.044, de 24 de octubre de 2011

Texto del pronunciamiento

N° 67.044 Fecha : 24-X-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Dante Villalobos Salinas, funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Central, para requerir un pronunciamiento que determine si le asiste el derecho a que se le proporcionen copias del expediente del sumario administrativo incoado en su contra, toda vez que la solicitud que efectuara al fiscal sumariante en tal sentido, tras notificársele la formulación de cargos, fue denegada. Asimismo, el interesado requiere que este Órgano Fiscalizador ordene la instrucción de un sumario administrativo en la Subsecretaría de Salud Pública en contra de quien, al negarle la petición reseñada en el párrafo precedente, habría vulnerado la ley. Sobre el particular, es del caso señalar que el inciso segundo del artículo 137 de la ley N° 18.834, previene que "el sumario será secreto hasta la fecha de formulación de cargos, oportunidad en la cual dejará de serlo para el inculpado y para el abogado que asumiere su defensa", de lo cual se sigue que, atendido el carácter reservado de la etapa indagatoria, mientras ésta se encuentre en trámite, la autoridad administrativa debe negarse a entregar copia de los procesos disciplinarios. Ahora bien, la etapa indagatoria de los sumarios administrativos termina al formularse los cargos a los funcionarios inculpados y, desde ese momento, aquéllos podrán tomar conocimiento del mismo, personalmente o a través del letrado que asuma su defensa, pudiendo requerir las copias de la pieza sumarial. En efecto, la jurisprudencia de esta Entidad Contralora, contenida en los dictámenes N os 17.866, de 2008, y 34.201, de 2009, entre otros, ha señalado que las personas afectadas por procesos disciplinarios tienen derecho a que se les proporcione a ellas y a sus abogados, a sus expensas, copias de las piezas sumariales pertinentes, una vez concluida la etapa indagatoria, esto es, luego de efectuada la formulación de cargos al inculpado, de modo que puedan ejercer integralmente su derecho a defensa. En consecuencia, si ya hubieren sido formulados los cargos al inculpado, y éste solicitó formalmente copia del expediente, o de alguna de sus piezas, al fiscal instructor, éstas deberán proporcionársele, en los términos ya anotados. Finalmente, en cuanto a la solicitud de que se instruya un procedimiento disciplinario por el hecho de habérsele negado las referidas copias, es menester anotar, en armonía con lo resuelto por este Organismo de Fiscalización en su dictamen N° 45.441, de 2010, entre otros, que conforme al tenor expreso de los artículos 126, 128 y 129 de la aludida ley N° 18.834, es la autoridad dotada de la potestad disciplinaria la que debe ponderar si los hechos denunciados son susceptibles de ser sancionados, caso en el cual dispondrá la instrucción de un proceso sumarial, por lo que corresponde que cualquier requerimiento en tal sentido, lo dirija al director del mencionado Servicio de Salud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

Texto según la reproducción de Folium; no es el documento oficial. Ver el documento oficial.

Cómo citarlo

Contraloría General de la República, Dictamen N° 067044N11, de 24 de octubre de 2011.

Artículos que cita

Más sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D440

    La Contraloría concluye que, como excepción a la regla general de publicidad, los expedientes afinados por acoso laboral o sexual o violencia en el trabajo están reservados y no pueden entregarse a terceros, ni siquiera disociados, salvo autorización de los titulares de los datos.

  • 23 de octubre de 2026

    Dictamen N° D433

    La Contraloría concluye que, en los sumarios del artículo 72 letra b) de la ley N° 19.070, a los profesionales de la educación de un SLEP puede aplicárseles el término de la relación laboral o las medidas disciplinarias de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad (ley N° 16.744), y reconsidera dictámenes previos.

  • 1 de octubre de 2026

    Dictamen N° OF186259

    La Contraloría concluye que, aunque no puede intervenir en asuntos litigiosos, sí puede pronunciarse sobre la responsabilidad administrativa ya conocida por tribunales; corresponde al Servicio de Salud Concepción evaluar los antecedentes y disponer, si procede, los sumarios pertinentes.

Todos los pronunciamientos sobre Sumarios e Investigaciones Sumarias

Te escribimos cuando haya pronunciamientos nuevos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad, y con tu cuenta buscas entre todos los dictámenes, ordinarios y oficios describiendo tu caso.

Avísame de nuevos pronunciamientos sobre Responsabilidad Funcionaria y Probidad

¿Solo quieres buscar? Crea tu cuenta de prueba.

Más de Folium